III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-7478)
Resolución de 5 de abril de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Tribunal de Solución de Conflictos Laborales de Navarra, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Lunes 15 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 42471

Anexo formalización de prácticas
Dorso. Ejemplar para el estudiante.
Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas (Art. 9 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios (BOE de 30 de julio de 2014).

1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los siguientes derechos:
a) A la tutela durante la práctica por un profesor de la UIMP y por un profesional que preste servicios en TRIBUNAL
LABORAL DE NAVARRA
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la UIMP
c) A la obtención de un informe por parte de TRIBUNAL LABORAL DE NAVARRA, con mención expresa de la actividad
desarrollada, su duración y en su caso su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule en el presente Anexo, la aportación económica de TRIBUNAL LABORAL DE
NAVARRA en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación reguladora de la materia.
f) A recibir por parte de TRIBUNAL LABORAL DE NAVARRA información de la normativa de seguridad y prevención de
riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación, previa comunicación con antelación
suficiente a TRIBUNAL LABORAL DE NAVARRA.
h) A disponer, en caso de estudiante con discapacidad, de los recursos necesarios para el acceso a la tutela, a la información,
a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas en igualdad de condiciones.
i) A conciliar, en el caso de estudiante con discapacidad, la realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones
personales derivadas o conectadas con la situación de discapacidad.
j) Aquellos otros previstos en la normativa vigente

2. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los siguientes deberes

c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)

Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la UIMP.
Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor asignado por TRIBUNAL
LABORAL DE NAVARRA bajo la supervisión del tutor académico de la UIMP.
Mantener contacto con el tutor académico de la UIMP durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier
incidencia que pueda surgir, así como entregarle los documentos e informes de seguimiento intermedio que le puedan ser
requeridos, y, en todo caso, la memoria final.
En caso de renuncia a las prácticas, el estudiante deberá comunicarlo por escrito de forma motivada al tutor académico de
la UIMP y a la UIMP.
Incorporarse a TRIBUNAL LABORAL DE NAVARRA en la fecha acordada, cumplir el horario previsto y respetar sus
normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales.
Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con TRIBUNAL LABORAL DE
NAVARRA conforme a las líneas establecidas en el mismo.
Elaboración de la memoria final de las prácticas y, en su caso, del informe intermedio.
Guardar confidencialidad en relación con la información interna de TRIBUNAL LABORAL DE NAVARRA y guardar secreto
profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
Mostrar en todo momento una actitud respetuosa hacia la política de TRIBUNAL LABORAL DE NAVARRA,
salvaguardando el buen nombre de la UIMP.
Cualquier otro previsto en la normativa vigente.

cve: BOE-A-2024-7478
Verificable en https://www.boe.es

a)
b)