II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado. (BOE-A-2024-7333)
Resolución de 5 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Lunes 15 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 41435

nombramientos como funcionarias de carrera del Cuerpo Superior de Interventores y
Auditores del Estado. Las personas aspirantes que participen por el turno de acceso libre
continuarán realizando las prácticas en las unidades asignadas hasta que se produzca
dicho nombramiento. Las personas aspirantes que accedan por el turno de Promoción
Interna y que hubieran optado por percibir las retribuciones del puesto de origen,
regresarán a su puesto de origen a prestar servicios hasta la publicación de los
nombramientos. De no ser éste el caso, continuarán realizando las prácticas en las
unidades asignadas hasta que se produzca dicho nombramiento.
II.
II.A)

Valoración

Fase de oposición

Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio:
Se calificará como «apto», «apto consolidado» o «no apto», siendo necesaria la
calificación de «apto» o «apto consolidado» para acceder al ejercicio siguiente. El
ejercicio se valorará de 0 a 50, otorgándose la calificación de «apto» cuando se alcancen
un mínimo de 25 puntos, y la de «apto consolidado» cuando se alcancen 30 puntos o
más.
Quienes habiendo obtenido la calificación de «apto consolidado» en esta
convocatoria no superen todas las pruebas de la fase de oposición, quedarán exentos de
la realización del primer ejercicio en la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y
cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio sean
análogos, lo que será valorado por el tribunal convocante.
Segundo ejercicio:
Se calificará como «apto», «apto consolidado» o «no apto», siendo necesaria la
calificación de «apto» o «apto consolidado» para acceder al ejercicio siguiente. El
ejercicio se valorará de 0 a 50, otorgándose la calificación de «apto» cuando se alcancen
un mínimo de 25 puntos, y la de «apto consolidado» cuando se alcancen 30 puntos o
más.
Quienes habiendo obtenido la calificación de «apto consolidado» en esta
convocatoria no superen todas las pruebas de la fase de oposición, quedarán exentos de
la realización del segundo ejercicio en la convocatoria inmediatamente siguiente,
siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio
sean análogos, lo que será valorado por el tribunal convocante.
Tercer ejercicio:

Cuarto ejercicio:
En la modalidad presencial, se calificará como «apto» o «no apto». La calificación de
«apto» se otorgará cuando se alcance, al menos, el 50 por ciento de la valoración total
del ejercicio.
En la modalidad de acreditación de conocimientos mediante titulación, alternativa de
la anterior, la calificación será «apto» para las personas aspirantes que presenten alguno
de los títulos que se recogen en el anexo VII conforme al Marco Común Europeo de

cve: BOE-A-2024-7333
Verificable en https://www.boe.es

Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario para aprobarlo alcanzar un mínimo
de 25 puntos. La persona opositora que en este ejercicio obtenga una calificación igual o
superior a 30 puntos quedará exenta de la realización del tercer ejercicio de la
convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la
forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean
análogos, lo que será valorado por el tribunal convocante.