III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-7463)
Resolución 420/38107/2024, de 8 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Sagardoy Business & Law School, para colaborar en actividades relacionadas con la seguridad y la defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Lunes 15 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 42391

Tercera. Aportaciones de la Sagardoy Business & Law School.
a) Participar en las labores de coordinación y organización de las actividades
conforme a las decisiones de la Comisión Mixta de Seguimiento establecida en la
cláusula quinta.
b) Aportar profesores colaboradores a solicitud del CESEDEN.
c) Facilitar la participación de personal del CESEDEN en actividades organizadas
por la SBLS.
Cuarta.

Financiación.

Las actuaciones previstas en este convenio no darán lugar a contraprestación
económica alguna entre las partes firmantes y no supondrán incremento del gasto
público. No podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros
gastos de personal.
No obstante, a los efectos de financiación de los gastos que se deriven de la
organización y ejecución de las actividades previstas en los que eventualmente se
pudiera incurrir, se preverá, por parte del MINISDEF, una dotación de dos mil euros
(2.000 euros) anuales incluidos en la aplicación presupuestaria 14.02.121N.1.226.06
para cada uno de los ejercicios económicos 2024, 2025, 2026 y 2027. Igualmente, por
parte de la SBLS se preverá una dotación máxima de dos mil euros (2.000 euros)
anuales para cada uno de los ejercicios económicos 2024, 2025, 2026 y 2027.
Quinta.

Medidas de seguimiento y control.

El seguimiento y control del presente convenio será llevado a cabo por una Comisión
Mixta de Seguimiento (Comisión Mixta), mecanismo de seguimiento, vigilancia y control
de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por las partes, que estará
compuesta por el Director del CESEDEN y el Presidente de Honor de la SBLS, y en la
que participarán con derecho a voz, pero sin voto, sus respectivos asesores.
La Comisión Mixta se reunirá a instancia de cualquiera de las partes, tomándose en
su seno las decisiones por unanimidad
El Secretario General del CESEDEN actuará como Secretario de la Comisión Mixta,
levantando acta de las reuniones. Las actas, que se firmarán por duplicado, se
archivarán en la SBLS y en el CESEDEN.
Las funciones de la Comisión Mixta serán:
a) Aprobar el programa anual de actividades académicas.
b) Interpretar el presente convenio a requerimiento de alguna de las partes
firmantes.
Protección de datos de carácter personal.

Con respecto a los datos de carácter personal, las partes se comprometen a cumplir,
en los términos que sea de aplicación, lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de protección de datos, RGPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en las
disposiciones de desarrollo que se dicten.
El MINISDEF y la SBLS tienen la consideración de responsables de los tratamientos
de los datos personales a los que, respectivamente, tengan directo acceso a resultas de
actuaciones que se deriven del presente convenio. El acceso a los datos personales por
una de las partes intervinientes en el convenio a los datos personales de la otra parte se
realizará en la condición de encargado de tratamiento de los datos personales, y única y
exclusivamente conforme a la finalidad que derive del objeto del convenio. Los datos

cve: BOE-A-2024-7463
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.