II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado. (BOE-A-2024-7339)
Resolución de 4 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.
30 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 15 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 41951

c) Los aspirantes que deseen conservar la puntuación de algún ejercicio de la
convocatoria anterior deberán solicitarlo expresamente en su solicitud de participación en
este proceso selectivo.
d) Las calificaciones obtenidas en la presente convocatoria en los ejercicios y con
los porcentajes mínimos de puntuación a los que se refiere las letras a) y b) de este
apartado se conservarán para el siguiente proceso selectivo, siempre y cuando el
contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se haya
conservado la nota sean análogos.
I.B Curso selectivo
1. Naturaleza y finalidad del curso: Todos los aspirantes que hayan superado la
fase de oposición realizarán un curso selectivo de carácter teórico-práctico, organizado
por la Subsecretaría de Industria y Turismo que deberán superar con aprovechamiento.
Tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y habilidades en orden
a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias en
la Administración del Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.
2. Desarrollo del curso: El curso selectivo tendrá una duración máxima de un mes.
El órgano convocante establecerá el calendario, programa y normas internas que
regulen el curso selectivo. En el programa incluirá un módulo en materia de igualdad
entre mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género.
Será obligatoria la asistencia a todas las actividades formativas que se organicen y
realizar todas las actividades que el órgano responsable proponga en el desarrollo del curso
selectivo. El órgano convocante valorará los casos en que la falta de asistencia impedirá a los
aspirantes concurrir a las pruebas de evaluación que se realicen durante el mismo y, por
tanto, producirá la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
3. Calificación del curso: La Subsecretaría del Ministerio de Industria y Turismo
calificará a todos los participantes como «apto» o «no apto», siendo necesario obtener
«apto» para superarlo.
4. Efectos de la no superación del curso: Los aspirantes que no superen el curso
selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria
perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera mediante
resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de
la evaluación del curso selectivo.
5. Causas de fuerza mayor: Quienes hubieran superado la fase de oposición y no
pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y
apreciada por el órgano convocante, podrán incorporarse al inmediatamente posterior,
intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.
II. Adjudicación de destinos.
1. Vinculación al número de plazas convocadas: La autoridad convocante no podrá
declarar que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de
plazas convocadas.
2. Criterios de adjudicación: La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la
puntuación total obtenida, excepto lo previsto en el artículo 9 del Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público
y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
a) Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
b) Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
c) Mayor puntuación obtenida en el cuarto ejercicio.
d) Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

cve: BOE-A-2024-7339
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 92