II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Funcionarios de los Subgrupos A2, C1 y C2. (BOE-A-2024-7336)
Resolución de 2 de abril de 2024, conjunta de las Subsecretarías de Hacienda y para la Transformación Digital y de la Función Pública, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Lunes 15 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 41805

Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al Ministerio de Hacienda a
fin de proceder a su exclusión. En caso de que el Ministerio de Hacienda tenga
conocimiento de la toma posesión en el puesto obtenido con carácter definitivo, en
distinta Secretaría de Estado o en su defecto Ministerio, según el artículo 20.1.f) de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya
producido dicha comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, la
Subdirección General de Recursos Humanos prevista en el apartado anterior acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las posibles subsanaciones por
parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter
mínimo, su publicación en las páginas web de este Departamento: https://
www.hacienda.gob.es/es-ES/Empleo%20Publico/Paginas/default.aspx.
3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el
desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos
solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados
provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con
la debida antelación.
Novena.

Publicidad de la valoración de méritos.

Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas, la Comisión de
Valoración publicará en la página web del Departamento u Organismo los listados
provisionales de valoración de los méritos para cada puesto. En dichos listados se
establecerá un periodo de alegaciones de cinco días hábiles, a contar desde el día
siguiente a su publicación.
Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no se
hubieran presentado alegaciones.
Resolución del concurso.

1. La convocatoria se resolverá, en función del ámbito de adscripción de los
puestos de trabajo, por la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda, y por la
Subsecretaria para la Transformación Digital y de la Función Pública en un plazo máximo
de seis meses, desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de
instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que concurran las
circunstancias expuestas en la base tercera punto 2, en cuyo caso podrá procederse a la
resolución parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente por estas
circunstancias.
2. En la resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de
trabajo, localidad, órgano directivo y Departamento ministerial o Administración Pública
de cese de los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su
subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando
participen desde una situación distinta a la de servicio activo.
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un
mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

cve: BOE-A-2024-7336
Verificable en https://www.boe.es

Décima.