I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Organización. (BOE-A-2024-7294)
Orden AUC/320/2024, de 9 de abril, por la que se eleva a la categoría de Consulado Honorario la Oficina Consular honoraria de España en Le Havre, en la República Francesa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Lunes 15 de abril de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
7294

Orden AUC/320/2024, de 9 de abril, por la que se eleva a la categoría de
Consulado Honorario la Oficina Consular honoraria de España en Le Havre,
en la República Francesa.

Actualmente, del Consulado General de España en París dependen siete Oficinas
Consulares honorarias: cuatro situadas en los territorios franceses de ultramar (La
Reunión, San Martín, Martinica y Papeete) y tres en el territorio continental (Rennes, Lille
y Le Havre). De estas últimas, Rennes y Lille ostentan la categoría de Consulado
Honorario, mientras que Le Havre mantiene la de Viceconsulado Honorario.
Por coherencia con el similar tamaño de las tres ciudades y de las poblaciones
españolas residentes o transeúntes en ellas, para equiparar el rango con el de la práctica
totalidad de los representantes consulares honorarios de otros países acreditados en la
región de Normandía y para así evitar problemas protocolarios y administrativos, se
considera conveniente elevar la categoría del Viceconsulado Honorario de Le Havre a la
de Consulado Honorario.
Por añadidura, esta Oficina Consular honoraria es heredera de un Consulado de
Carrera que se cerró en 1969 y está situada en uno de los puertos con más actividad del
Mar del Norte, que a su vez constituye la cabecera del complejo industrial y portuario de
HAROPA (Havre-Rouen-París), lo que conlleva actividad empresarial, mercantil y
consular en materia de navegación.
Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25
de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, y con arreglo al Reglamento de
los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por el Real
Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio
Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en
París y con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de
Asuntos Consulares y de la Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste
de Europa, dispongo:
Artículo 1. Elevación de categoría de la Oficina Consular honoraria de España en Le
Havre.
Se eleva a la categoría de Consulado Honorario la Oficina Consular honoraria de
España, con categoría de Viceconsulado Honorario, en Le Havre, en la República
Francesa, cuya circunscripción consular abarca los departamentos de Calvados, Manche
y Seine Maritime.

La persona titular del Consulado Honorario en Le Havre tendrá, de conformidad con
el artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963,
categoría de Cónsul Honorario.
Disposición adicional única.

No incremento del gasto de personal.

Esta modificación no supondrá incremento alguno del gasto de personal, de
conformidad con lo establecido en la disposición adicional trigésima tercera de la
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el

cve: BOE-A-2024-7294
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2. Jefatura de la Oficina Consular honoraria de España en Le Havre.