I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-7256)
Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo a la Conferencia del Decenio de los Océanos 2024, que se celebrará del 8 al 12 de abril en Barcelona, España, hecho en París el 4 de abril de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 13 de abril de 2024

Sec. I. Pág. 40988

B. Participación
Se invitará a los participantes con arreglo al «Reglamento para la clasificación de
conjunto de las diversas categorías de reuniones convocadas por la UNESCO» (sección
IV, artículos 38 a 46). De acuerdo con el Reglamento, los participantes de la Conferencia
serán expertos que intervendrán a título individual.
Los Estados miembros y los miembros asociados de la UNESCO podrán enviar
observadores a la Conferencia.
Podrán enviar representantes a la Conferencia las Naciones Unidas y otras
organizaciones del sistema de las Naciones Unidas con las que la UNESCO haya
concertado acuerdos de representación recíproca. El Director General podrá cursar
invitaciones para enviar observadores a otras organizaciones del sistema de las
Naciones Unidas con las que la UNESCO no haya celebrado acuerdos de
representación recíproca, a saber, organizaciones intergubernamentales y
organizaciones internacionales no gubernamentales, de conformidad con las Normas
referentes a las relaciones de la UNESCO con las organizaciones internacionales no
gubernamentales.
Se estima que el número total de participantes, incluidos los representantes,
observadores y miembros de la Secretaría de la UNESCO, será de
aproximadamente 1500 (mil quinientos).
Tengo el honor de remitirle para su consideración las propuestas habituales para la
organización de esta reunión.
I.

Lugar y fecha de la reunión

La reunión se celebrará como se indica: los días 8 y 9 de abril de 2024, tendrán lugar
actos paralelos en distintos puntos de la ciudad de Barcelona. Las Partes acordarán y
confirmarán por escrito estos actos, a los que seguirá la celebración de la parte principal
de la Conferencia los días 10, 11 y 12 de abril, en el «Centre de Convencions
Internacional de Barcelona» (CCIB), España.
II.

Organización de la reunión

La responsabilidad de la organización operativa y técnica de la reunión corresponde
tanto a las autoridades competentes del país anfitrión como a la UNESCO, conforme a la
exposición de necesidades adjunta (véase el anexo).
Sin embargo, nada de lo aquí dispuesto impedirá a las Partes convenir de común
acuerdo cuantos ajustes consideren oportunos para garantizar el buen desarrollo de la
reunión. El oficial de enlace designado por España se ocupará de todas las cuestiones
relativas a la organización operativa y técnica de la reunión. Todo lo referente a la
organización técnica y material de las reuniones se gestionará a través del oficial de
enlace y sus colaboradores, dirigidos por el Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y el Instituto Español
de Oceanografía. Si así lo decide el Reino de España, se podrá contar con la
colaboración de otros ministerios e instituciones.
Las autoridades nacionales encomendarán a la Fundació Barcelona Capital Nàutica
la organización y gestión de la logística, que se realizará en estrecha colaboración con la
UNESCO, tal y como se detalla en el anexo.
III. Medidas de seguridad
El Reino de España será responsable de proporcionar, y de sufragar los gastos que
de ello se deriven, la protección policial y las medidas de seguridad que se requieran
para garantizar el adecuado desarrollo de las reuniones preparatorias y de las
celebradas en el marco del evento, así como cualquier otra reunión relacionada con el
mismo, en un ambiente de calma y tranquilidad, sin interferencias de ningún tipo.

cve: BOE-A-2024-7256
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Núm. 91