III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-7244)
Resolución de 31 de marzo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Planta Solar OPDE 27, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica "Los Silos", de 50,10 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Almenara de Adaja, Bocigas y Olmedo (Valladolid).
<< 9 << Página 9
Página 10 Pág. 10
-
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Viernes 12 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 40870

Se prestará especial atención a las especies Lythrum flexuosum, Marsilea strigosa,
Riella helicophylla e Inula bitrons, por lo que la prospección se llevará a cabo en época
adecuada a la fenología de todas ellas. En caso de detectar ejemplares, se procederá a
señalizarlos y se comunicarán los hallazgos al Servicio Territorial de Medio Ambiente de
Valladolid, a efectos de que establezcan las oportunas medidas de protección.
− El desbroce inicial de la vegetación, tanto en el área a ocupar por la PSFV como en
el trazado de la línea de evacuación soterrada, se realizará fuera del periodo
comprendido entre el 1 de abril y el 15 de agosto, con objeto de evitar la afección a
especies de fauna durante la época de cría, especialmente al aguilucho pálido y aves
esteparias.
− De forma previa al inicio de las obras (particularmente las labores de despeje y
desbroce de vegetación) se realizará una prospección de fauna para poder identificar
posibles nidos, camadas o ejemplares de fauna que hayan podido nidificar en el terreno.
En caso de detectarse la presencia de nidos activos de especies protegidas (con
especial atención a aguiluchos cenizo y pálido, avutarda, ganga ortega y aláudidos)
durante la prospección o la ejecución de las obras, se procederá a realizar un balizado
mediante GPS y se protegerá un perímetro de 50 m a su alrededor con malla de tipo
gallinero y alpacas de paja, suspendiendo cautelarmente las actuaciones en un entorno
de 100 m y poniendo el hallazgo en conocimiento inmediato del Servicio Territorial de
Medio Ambiente de Valladolid para la adopción de las medidas adicionales oportunas.

cve: BOE-A-2024-7244
Verificable en https://www.boe.es

5. La citada declaración de impacto ambiental de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental establece asimismo una serie de condicionantes específicos que
se deberán cumplir antes de la obtención de la autorización de explotación, debiendo dar
cuenta del cumplimiento de los mismos ante el órgano competente provincial, previa
presentación de las medidas definidas y presupuestadas por el peticionario en un
proyecto o en una adenda al mismo.
6. La autorización administrativa de construcción no dispensa en modo alguno de la
necesaria obtención por parte del titular de la instalación de cualesquiera autorizaciones
adicionales que las instalaciones precisen, y, entre ellas, la obtención de las
autorizaciones (o de la observancia de cualesquiera otras formalidades de control) que,
en relación con los sistemas auxiliares y como condición previa a su instalación o puesta
en marcha, puedan venir exigidas por la legislación de seguridad industrial y ser
atribuidas a la competencia de las distintas Comunidades Autónomas.
7. La Administración dejará sin efecto la presente resolución si durante el
transcurso del tiempo se observase incumplimiento, por parte del titular de los derechos
que establece la misma, de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la
Administración, previo oportuno expediente, acordará la anulación de la correspondiente
autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven
de dicha situación, según las disposiciones legales vigentes.
8. El titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución las condiciones
impuestas por los organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en su
conocimiento y aceptadas expresamente por él.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X