III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2024-7247)
Resolución de 3 de abril de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, para la utilización conjunta de signos distintivos en actividades de internacionalización empresarial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de abril de 2024

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símbolo «E de España» a otros idiomas, medidas y espacios libres, tamaños de
aplicación y tamaños mínimos de reproducción, usos incorrectos.
El logotipo de la Ciudad Autónoma deberá colocarse respetando la arquitectura de
marca de convivencia de la «E» con otras marcas, en cuanto a que deberá situarse a la
derecha de la «E», separado de esta mediante una línea roja y centrado en la relación
con el logotipo «E». La distancia entre la línea y el logotipo «E de España» será de 2x
desde la «E» hasta la línea, y de 1,5X desde la línea hasta el logotipo de la comunidad
autónoma. Como excepción a lo indicado en el Manual de Identidad Corporativa, el
logotipo de la comunidad autónoma podrá ir a color, en lugar del blanco y negro
establecido en el Manual para las marcas sectoriales que conviven con la «E».
Cuando la conveniencia obligue a colocar el logotipo de la Ciudad Autónoma debajo,
siempre deberá llevar una línea para separar la línea base de «España» y el logotipo de
la Ciudad Autónoma, que deberá ir ajustado al ancho total del logotipo «E de España».
La distancia entre la línea base de «España» y la línea roja será equivalente al alto de un
bloque de la «E».
ANEXO N.º 3
Logotipo «E de España». Manual de Identidad Corporativa de ICEX

cve: BOE-A-2024-7247
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Núm. 90