III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Contratación administrativa. (BOE-A-2024-7250)
Resolución de 2 de abril de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se designan los miembros de la Mesa de Contratación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Viernes 12 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
7250

Resolución de 2 de abril de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., por la que se designan los miembros de la Mesa de
Contratación.

De conformidad con lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, dispongo:
Primero.
Se constituye la Mesa de Contratación permanente de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo O.A., con carácter permanente, con las funciones que le asigna el
artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y el
Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la
Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Segundo.
La Mesa de Contratación permanente estará constituida por los siguientes miembros:

a) Un/a Abogado/a del Estado de entre los destinados por la Abogacía del Estado
en el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, que podrá ser suplido en caso
de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa justificada por un/a Abogado/a del
Estado designado según los procedimientos de suplencia establecidos para estos casos
por la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
b) Un/a Interventor/a de la Intervención Delegada en el Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, que podrá ser suplido en caso de vacante, ausencia,
enfermedad u otra causa justificada por un Interventor designado según los
procedimientos de suplencia establecidos para estos casos por la Intervención General
de la Administración del Estado.
c) La persona titular de la Gerencia de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, que podrá ser sustituida en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por la
persona titular de la Vicegerencia o, en su caso, personal funcionario o contratado
laboral adscrito a la misma unidad.
d) La persona titular de la jefatura de servicio de personal y nóminas, que podrá ser
sustituida en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por personal funcionario o
contratado laboral adscrito a la misma unidad.
3. Secretaría: Quien ejerza la jefatura del Servicio de Gestión de Expedientes, que
podrá ser sustituida en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por personal
funcionario o contratado laboral de la misma unidad.

cve: BOE-A-2024-7250
Verificable en https://www.boe.es

1. Presidencia: persona titular de la Secretaría General, que podrá ser sustituida en
caso de ausencia, vacante o enfermedad, por la persona titular de la Vicesecretaría
General.
2. Vocales: