III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-7239)
Resolución de 2 de abril de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A., por la que se publica la prórroga de la Encomienda de gestión con la Comunidad de usuarios "Sierra de Altomira", para el ejercicio de las funciones de comprobación de las instalaciones de medición y precintado de las mismas en las captaciones de aguas subterráneas en el ámbito territorial de dicha comunidad.
<< 5 << Página 5
Página 6 Pág. 6
-
6 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Viernes 12 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 40802

– De acuerdo con el artículo 15.1 b de la Orden ARM/1312/2009, el artículo 333 del
RDPH y del artículo 94 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, el Organismo de cuenca
podrá realizar cuantas visitas de comprobación e inspección considere necesarias.
– El Organismo de cuenca podrá delegar las funciones de comprobación de las
instalaciones de medición y de los sistemas para el registro de los datos en personal
autorizado al efecto. Dicha delegación también podrá realizarse en la correspondiente
Comunidad de usuarios. En todo caso, las funciones específicas de inspección se
reservan al personal funcionario de los organismos de cuenca (artículo 15.2 y 15.3
Orden ARM 1312/2009).
5.

Infracciones.

– La no instalación, así como toda manipulación o alteración voluntaria de estos
sistemas de control efectivo de caudales será considerada infracción grave conforme a lo
dispuesto en el tercer apartado de la disposición adicional duodécima de la Ley 10/2001,
de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional y en el texto refundido de la Ley de Aguas,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio y su desarrollo
reglamentario (artículos 15.4 y 16 Orden ARM 1312/2009). La reiteración será causa
suficiente para la declaración de caducidad de la concesión, que se acordará mediante el
procedimiento previsto en el ordenamiento jurídico.

cve: BOE-A-2024-7239
Verificable en https://www.boe.es

Las presentes prescripciones se adaptarán en todo caso a las posibles resoluciones
que pueda dictar el Organismo de cuenca en materia de elementos de medida de
volúmenes, dispositivos para limitación de caudales, sistemas de registro de datos,
equipos de comunicación de estos últimos y equipos complementarios.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X