III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Homologaciones. (BOE-A-2024-7234)
Resolución 1A0/38105/2024, de 29 de febrero, del Centro Criptológico Nacional, por la que se certifica la seguridad del centro de producción «Linxens Singapore Changi Site», solicitado por Linxens Singapore Pte Ltd.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Viernes 12 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DEFENSA
7234

Resolución 1A0/38105/2024, de 29 de febrero, del Centro Criptológico
Nacional, por la que se certifica la seguridad del centro de producción
«Linxens Singapore Changi Site», solicitado por Linxens Singapore Pte Ltd.

Recibida en el Centro Criptológico Nacional la solicitud presentada por LINXENS
SINGAPORE PTE LTD, con domicilio social en BLK:22, CHANGI NORTH WAY, 498810,
República de Singapur, para la certificación de la seguridad del centro de desarrollo
«LINXENS SINGAPORE CHANGI SITE» ubicado en BLK:22, CHANGI NORTH WAY,
498810, República de Singapur, conforme al entorno de uso, garantías y limitaciones
indicadas en la correspondiente Declaración de Seguridad: «Site Security Target
LINXENS SINGAPORE CHANGI SITE, version 0.19, 02/01/2024».
Visto el correspondiente Informe Técnico de Evaluación de Applus Laboratories, de
código EXT-8922, que determina el cumplimiento del centro de producción «LINXENS
SINGAPORE CHANGI SITE», de las propiedades de seguridad indicadas en dicha
Declaración de Seguridad, tras el análisis de su seguridad según indican las normas
«Common Methodology for Information Technology Security Evaluation/Common Criteria
for Information Technology Security Evaluation version 3.1 release 5».
Visto el correspondiente Informe de Certificación del Centro Criptológico Nacional, de
código INF-4274, que determina el cumplimiento del centro de producción «LINXENS
SINGAPORE CHANGI SITE», con los requisitos para la certificación de su seguridad
exigidos por el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las
Tecnologías de la Información, aprobado por la Orden PRE/2740/2007, de 19 de
septiembre.
De acuerdo con las facultades que me confiere la Ley 11/2002, reguladora del Centro
Nacional de Inteligencia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 1 y artículo 2, párrafo 2,
letra c, del Real Decreto 421/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Centro
Criptológico Nacional, al objeto de resolver la solicitud de certificación mencionada,
dispongo:
Primero.

Segundo.
Esta certificación, su alcance y vigencia, y el uso de la condición de centro de
producción certificado, quedan sujetos a lo establecido en el Reglamento de Evaluación
y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información.

cve: BOE-A-2024-7234
Verificable en https://www.boe.es

Certificar que la seguridad del centro de producción «LINXENS SINGAPORE
CHANGI SITE», cumple con lo especificado en la Declaración de Seguridad de
referencia «Site Security Target LINXENS SINGAPORE CHANGI SITE, version 0.19,
02/01/2024», según exigen las garantías definidas en las normas «Common
Methodology for Information Technology Security Evaluation/Common Criteria for
Information Technology Security Evaluation version 3.1 release 5», para los
componentes de garantía de evaluación ALC_CMC.5, ALC_CMS.5, ALC_DVS.2,
ALC_LCD.1, AST_INT.1, AST_CCL.1, AST_SPD.1, AST_OBJ.1, AST_ECD.1,
AST_REQ.1 and AST_SSS.1.