II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Escala de Profesorado de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2024-7134)
Resolución de 4 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Profesorado de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Perfil científico

Sec. II.B. Pág. 40347

Destino

15

ACELERADORES DE PARTÍCULAS PARA
APLICACIONES CIENTÍFICAS Y SOCIALES.

CIEMAT.

16

EPIDEMIOLOGÍA DE LAS ENFERMEDADES
HUMANAS.

ISCIII.

Organismo Núm. plazas

CIEMAT

1

ISCIII

1

1.2 La plaza convocada por el cupo de reserva para personas con discapacidad
corresponde a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas
(CSIC). Quienes participen en el proceso selectivo por este cupo, podrán concurrir por
cualquiera de los perfiles científicos indicados para las plazas convocadas para dicho
organismo por el turno general.
Las plazas convocadas por este cupo serán adjudicadas, de entre las personas
aspirantes con discapacidad del citado cupo que hayan aprobado el proceso selectivo
por los perfiles científicos del citado organismo, a aquella persona candidata con la
mayor puntuación final.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad,
quienes hayan solicitado participar por este cupo y hayan superado el proceso selectivo
sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones a las otras
personas aspirantes del sistema de acceso general por el mismo perfil científico por el
que se hayan presentado, incluyéndose por su orden de puntuación en dicho sistema
general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se
acumularán a las de acceso general.
1.3 En el supuesto de que alguna de las plazas convocadas por el turno general
quedara desierta, el organismo a que corresponda la misma podrá proponer, al órgano
convocante, que dicha plaza se destine a incrementar el número de las inicialmente
previstas para perfil científico distinto perteneciente al mismo organismo.
1.4 En aquellos perfiles científicos que ofrezcan más destinos que plazas
convocadas, las personas aspirantes que superen el proceso selectivo deberán escoger
posteriormente el destino de la plaza entre los propuestos en el propio perfil científico.
1.5 De acuerdo con lo previsto en el artículo 3.20 del Real Decreto 625/2023, de 11
de julio, a la finalización del proceso selectivo el órgano de selección elaborará una
relación de posibles personas candidatas para el nombramiento como personal
funcionario interino, con la duración, características y funcionamiento que establezca en
su caso el órgano de selección, y previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública.
2.

Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso con las
valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
3. Requisitos de las personas aspirantes
Para la admisión a la realización del proceso selectivo las personas solicitantes
deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de instancias de
participación, los requisitos previstos en el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017,
de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 174, de 22 de julio), por la que se
aprueban las bases comunes que han de regir los procesos de selección del personal de
los Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, excepto en lo que hace

cve: BOE-A-2024-7134
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Tribunal
número

Jueves 11 de abril de 2024