III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-7198)
Resolución de 1 de abril de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se publica el Convenio con la Fundación Carolina, para la cooperación educativa.
11 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Jueves 11 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 40642

Anualidad

2024

2025

2026

2027

Año académico 2024/2025

Año académico 2025/2026

Año académico 2026/2027

Año académico 2027/2028

Duración beca.

Mínimo 6 semanas –
Máximo 12 semanas.

Mínimo 6 semanas –
Máximo 12 semanas.

Mínimo 6 semanas –
Máximo 12 semanas.

Mínimo 6 semanas –
Máximo 12 semanas.

Ayuda viaje de ida y vuelta en
clase turista.

2.000 euros.

2.000 euros.

2.000 euros.

2.000 euros.

Manutención y alojamiento (2.000
euros/mes).

Máximo 6.000 euros.

Máximo 6.000 euros.

Máximo 6.000 euros.

Máximo 6.000 euros.

Total.

Máximo 8.000 euros por
cada beca concedida.

Máximo 8.000 euros por
cada beca concedida.

Máximo 8.000 euros por
cada beca concedida.

Máximo 8.000 euros por
cada beca concedida.

Total, por el máximo de acciones
de movilidad que se pueden
conceder por anualidad (10
becas).

Máximo 80.000 euros.

Máximo 80.000 euros.

Máximo 80.000 euros.

Máximo 80.000 euros.

La financiación por parte de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, por cada una de las becas que se concedan (hasta un máximo de 10) en
concepto de financiación de las becas destinadas al personal de investigación del CSIC,
se harán con cargo a la aplicación presupuestaria: 28.301.143A.233 del CSIC.
Asimismo, el CSIC, a través del centro correspondiente, cubrirá y gestionará el
seguro de responsabilidad civil y el de accidentes de las personas latinoamericanas
adjudicatarias de las becas que tengan como destino un centro del CSIC.
El CSIC aportará a la Fundación Carolina, en el marco de las convocatorias
conjuntas que publique la Comisión Mixta, un máximo de 8.000 euros por cada acción
concedida, en concepto de financiación de las becas destinadas al personal de
investigación del CSIC. Las precitadas cantidades se aportarán en el momento posterior
a la publicación de la resolución que contenga el listado de personas beneficiarias de las
acciones previstas en la cláusula primera. El momento del pago de las antedichas
cantidades se producirá en la anualidad de ejecución de las acciones. La Fundación
Carolina abonará mensualmente el importe en euros de la ayuda al/a la becario/a, a mes
entrante y en la cuenta bancaria indicada por escrito, a partir del inicio de su estancia de
investigación. Las categorías de costes financiados por el CSIC serán las siguientes:
costes de desplazamiento, alojamiento, manutención y seguros de los beneficiarios. La
cobertura de los gastos elegibles relativos al CSIC se efectuará de conformidad con las
cantidades y aplicaciones presupuestarias relativas a los programas asignados a la
Vicepresidencia de Relaciones Internacionales del CSIC y a los escenarios
presupuestarios del CSIC aplicables a la vigencia del presente convenio.
La Fundación Carolina justificará al CSIC, al fin de cada periodo de convocatoria, las
cantidades devengadas a los/as beneficiarios/as, y procederá a la devolución de las
cantidades no devengadas, o éstas minorarán la cantidad aportada por el CSIC en la
siguiente convocatoria, según decida la Comisión Mixta.
La Fundación Carolina cubrirá y gestionará, por su parte, a los/as candidatos/as
latinoamericanos/as que realicen su estancia en CSIC cada uno de los conceptos
referidos en la cláusula 5.1.a.

cve: BOE-A-2024-7198
Verificable en https://www.boe.es

El CSIC, en virtud del presente convenio, proveerá durante el período de duración de
la beca a los candidatos CSIC que realicen estancia en Latinoamérica de cada uno de
los conceptos referidos en la cláusula 5.1.b.
El desglose del régimen de financiación del CSIC por cada acción de movilidad,
queda reflejado en el siguiente cuadro: