II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado. (BOE-A-2024-7052)
Resolución de 5 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 10 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 40046

procesos selectivos incluirán también en ambos casos la superación de un curso
selectivo y, en su caso, un periodo de prácticas. Para la realización de este curso
selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, como los que hayan
superado las fases de oposición y concurso, serán nombrados funcionarios en prácticas
por la autoridad convocante.
El carácter independiente de ambos procesos selectivos determinará la imposibilidad
de acumulación de eventuales plazas vacantes en cualquiera de ellos. Asimismo, el
Tribunal no podrá declarar superado cada proceso selectivo a un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas para cada uno de ellos.
Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas
de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, o realizar
algún ejercicio del mismo, a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente
acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la
superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas
de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en
todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de
aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos
Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión
Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos
ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional
competente.
Dicha exención deberá solicitarse con anterioridad al último día de presentación de
solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las
convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el
Organismo Internacional correspondiente de haber superado aquéllas.
Los aspirantes con discapacidad podrán pedir en el modelo oficial de solicitud las
adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas, a fin de
asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación,
deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias
permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de
que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la adaptación
solicitada.
3.

Programa

El programa que ha de regir los procesos selectivos es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
4.

Titulación

Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, o tener
cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación, o en
su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de
aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de
derecho comunitario.

cve: BOE-A-2024-7052
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 88