I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Materiales de construcción. (BOE-A-2024-7034)
Real Decreto 320/2024, de 26 de marzo, por el que se modifica la Instrucción para la recepción de cementos (RC-16), aprobada por el Real Decreto 256/2016, de 10 de junio.
30 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88
Miércoles 10 de abril de 2024
Sec. I. Pág. 39945
Veinticuatro. En el anejo II, en el apartado «AII.3.1 Composición y prescripciones»,
se introduce un tercer párrafo antes de la tabla AII.3.1, con el siguiente texto:
«Por otro lado, el cemento de referencia, tanto para el ensayo de puzolanicidad
como para el de resistencia, es el CEM I con un contenido de C3A ≤ 9,0 % en el
clínker.»
Veinticinco.
En el anejo II, tabla AII.3.1 queda redactada como sigue:
«Tabla AII.3.1
Tipos
I
Prescripciones adicionales para los cementos resistentes al agua
de mar
Denominaciones
Cementos pórtland resistentes a agua de mar
II
Con escoria de horno alto (S)
II
II
II
II
Cementos pórtland con adiciones,
resistentes a agua de mar
II
III
Con escoria de horno alto
(S)
III
IV
Con puzolana natural (P)
Con ceniza volante (V)
II
III
Con humo de sílice (D)
Cementos con adiciones,
resistentes a agua de mar
IV
Cementos Puzolánicos
(D+P+V)
Cementos compuestos
(S+P+V)
V
Designaciones
I
Especificaciones del clínker de los
cementos resistentes a agua de mar (MR)
C3A%
C3A% + C4AF%
≤ 5,0
≤ 22,0
≤ 8,0
≤ 25,0
≤10,0
≤ 25,0
II/A-S
II/B-S
II/A-D
II/A-P
II/B-P
II/A-V
II/B-V
III/A
III/B
Ninguna
III/C
Ninguna
IV/A
≤9,0
≤ 25,0
≤ 10,0
≤ 25,0
IV/B
V/A
Las prescripciones sobre C3A y (C3A + C4AF) se refieren a porcentajes en masa de clínker. Los contenidos de C3A y C4AF se determinarán por cálculo, según la
norma UNE 80304, a partir de los ensayos realizados sobre el clínker según la norma UNE-EN 196-2.»
Veintiséis. En el anejo II, el apartado «AII.6 Normas de referencia de cementos
sujetos al Real Decreto 1313/1988» queda redactado como sigue:
Cementos comunes portland compuesto CEM II/C-M y cemento
compuesto CEM VI
Se consideran cementos portland compuestos CEM II/C-M y cementos
compuestos CEM VI, los cementos definidos en la norma UNE-EN 197-5.
AII.6.1 Clasificación y composición.
Los constituyentes de los cementos comunes de la norma UNE-EN 197-5
deben cumplir los requisitos que se recogen en el anejo III de este documento.
Las proporciones en masa de los componentes de los cementos portland
compuestos CEM II/C-M y cementos compuestos CEM VI, se especifican en la
cve: BOE-A-2024-7034
Verificable en https://www.boe.es
«AII.6
Núm. 88
Miércoles 10 de abril de 2024
Sec. I. Pág. 39945
Veinticuatro. En el anejo II, en el apartado «AII.3.1 Composición y prescripciones»,
se introduce un tercer párrafo antes de la tabla AII.3.1, con el siguiente texto:
«Por otro lado, el cemento de referencia, tanto para el ensayo de puzolanicidad
como para el de resistencia, es el CEM I con un contenido de C3A ≤ 9,0 % en el
clínker.»
Veinticinco.
En el anejo II, tabla AII.3.1 queda redactada como sigue:
«Tabla AII.3.1
Tipos
I
Prescripciones adicionales para los cementos resistentes al agua
de mar
Denominaciones
Cementos pórtland resistentes a agua de mar
II
Con escoria de horno alto (S)
II
II
II
II
Cementos pórtland con adiciones,
resistentes a agua de mar
II
III
Con escoria de horno alto
(S)
III
IV
Con puzolana natural (P)
Con ceniza volante (V)
II
III
Con humo de sílice (D)
Cementos con adiciones,
resistentes a agua de mar
IV
Cementos Puzolánicos
(D+P+V)
Cementos compuestos
(S+P+V)
V
Designaciones
I
Especificaciones del clínker de los
cementos resistentes a agua de mar (MR)
C3A%
C3A% + C4AF%
≤ 5,0
≤ 22,0
≤ 8,0
≤ 25,0
≤10,0
≤ 25,0
II/A-S
II/B-S
II/A-D
II/A-P
II/B-P
II/A-V
II/B-V
III/A
III/B
Ninguna
III/C
Ninguna
IV/A
≤9,0
≤ 25,0
≤ 10,0
≤ 25,0
IV/B
V/A
Las prescripciones sobre C3A y (C3A + C4AF) se refieren a porcentajes en masa de clínker. Los contenidos de C3A y C4AF se determinarán por cálculo, según la
norma UNE 80304, a partir de los ensayos realizados sobre el clínker según la norma UNE-EN 196-2.»
Veintiséis. En el anejo II, el apartado «AII.6 Normas de referencia de cementos
sujetos al Real Decreto 1313/1988» queda redactado como sigue:
Cementos comunes portland compuesto CEM II/C-M y cemento
compuesto CEM VI
Se consideran cementos portland compuestos CEM II/C-M y cementos
compuestos CEM VI, los cementos definidos en la norma UNE-EN 197-5.
AII.6.1 Clasificación y composición.
Los constituyentes de los cementos comunes de la norma UNE-EN 197-5
deben cumplir los requisitos que se recogen en el anejo III de este documento.
Las proporciones en masa de los componentes de los cementos portland
compuestos CEM II/C-M y cementos compuestos CEM VI, se especifican en la
cve: BOE-A-2024-7034
Verificable en https://www.boe.es
«AII.6