I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2024-7035)
Real Decreto 251/2024, de 12 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de las intervenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información y servicios de asesoramiento, destinadas al sector agroalimentario y forestal, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 10 de abril de 2024

Criterios y descripción

B2. Planificación y descripción de las actividades.
Descripción de la cartera de servicios de asesoramiento.
Adecuación de la oferta de asesoramiento a las posibles destinatarias y destinatarios del mismo (con especial consideración de
la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas
remotas, de alta montaña, e incluidas en figuras de protección de espacios y especies).
Consideración de las explotaciones de titularidad compartida.
Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de demandantes de asesoramiento y el asesoramiento individualizado.
Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas.

B3. Empleo de TIC.
Adecuación del uso de TICs a la oferta de asesoramiento.
B4. Impacto previsto.
Inclusión de la conectividad en la asesoría.
Inclusión del fomento del uso de datos en la asesoría (interoperabilidad, datos abiertos, etc.).
Impulso al desarrollo empresarial, los nuevos modelos de negocio a través de la digitalización y fortalecimiento de ecosistema
de innovación. Presencia de innovación interactiva.
Alcance geográfico.
B5. Presupuesto.
Coherencia y adecuación del presupuesto.
Se valorará también la claridad expositiva y la claridad en el desglose de gastos.

Puntuación
máxima

35

10

5

15

Sec. I. Pág. 40018

Aspectos a valorar

Puntuación
máxima
aspectos

Claridad expositiva en la descripción y caracterización del asesoramiento.

6

Congruencia de la propuesta: da respuesta a las necesidades y objetivos reflejados en B1.

7

Relevancia del asesoramiento en el ámbito geográfico y sectorial en el que se aplicaría el asesoramiento.

7

Destinatarios y destinatarias:
Adecuación de la oferta a las posibles destinatarias y destinatarios del asesoramiento máx. 2 puntos.
Inclusión de perspectiva de AKIS máx. 1,0 puntos.
Inclusión de medidas para la retención y atracción de jóvenes máx. 1,0 puntos.
Atención a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies. máx.
1,0 puntos.

5

Calidad e idoneidad del plan de divulgación del asesoramiento.

5

Calidad e idoneidad del asesoramiento individualizado. Calidad de las visitas. Se valorará la calidad del asesoramiento medio,
ósea el asesoramiento unitario.

5

Coherencia de la descripción del empleo de TIC con la propuesta de asesoramiento.

8

Interoperabilidad con otras plataformas o redes de asesoramiento.

2

Inclusión de la resolución de problemas de conectividad en la asesoría.

1

Inclusión del fomento de uso de datos en la asesoría (utilización de Big Data, datos interoperables, inteligencia artificial, etc.).

1

Impulso al desarrollo empresarial, los nuevos modelos de negocio a través de la digitalización y fortalecimiento de ecosistema
de innovación. Presencia de innovación interactiva.

1

Alcance territorial de los servicios de asesoramiento prestados, se valorará positivamente las visitas presenciales.

2

Coherencia y adecuación del presupuesto con las actividades propuestas.

9

Claridad expositiva.

3

Claridad en el desglose de gastos.

3
cve: BOE-A-2024-7035
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 88