I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2024-7035)
Real Decreto 251/2024, de 12 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de las intervenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información y servicios de asesoramiento, destinadas al sector agroalimentario y forestal, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 10 de abril de 2024
FORMACIÓN PROFESIONALES DIGITALIZACIÓN.
FORMACIÓN ASESORES DIGITALIZACIÓN.
Criterios y descripción

A1. Experiencia y enfoque.
Experiencia en digitalización y temas transversales.
Enfoque de la entidad o agrupación solicitante.

A2. Capacidad y estructura propia.
Adecuación de medios materiales y recursos humanos a disposición del programa formativo.

B1. Idoneidad de la propuesta.
Necesidad de la propuesta formativa.
Adecuación de los objetivos y resultados previstos conforme a las necesidades del sector agroalimentario y forestal.
Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas.

B2. Planificación y descripción de las actividades.
Evaluación de actividades y cronograma propuestos.
Adecuación de la oferta formativa a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del
enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta
montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.).
Consideración de las explotaciones de titularidad compartida.
Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnos.
Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas.

B3. Empleo de TIC.
Adecuación del uso de TICs a la oferta formativa.

Puntuación
máxima

10

10

6

45

10

Aspectos a valorar

Puntuación
máxima
aspectos

Incidencia y relevancia de las actividades desarrolladas en el ámbito de la sostenibilidad (ambiental, social y económica),
digitalización y en su consideración del género.

7

Visión y objetivos de la entidad o agrupación solicitante en relación con la solicitud de ayuda.

3

Proporcionalidad y multidisciplinariedad de los recursos humanos disponibles, desagregados por sexo, para ejecutar la
propuesta de actividades.

3

Adecuación curricular del personal docente a la oferta formativa incluida en la propuesta de actividades.

3

Presencia y proporcionalidad de mujeres y hombres en el equipo que ejecute la propuesta de actividades.

1

Adecuación de las instalaciones y medios disponibles para la realización de las actividades propuestas.

3

Relevancia y pertinencia de las necesidades formativas y adecuación de los objetivos y resultados previstos a las mismas en la
propuesta de actividades.

4

Adecuación de los objetivos y resultados previstos conforme a las necesidades del sector agroalimentario y forestal.

2

Claridad expositiva en la descripción y caracterización de la actividad.

6

Congruencia de la propuesta: da respuesta a las necesidades y objetivos reflejados en B1.

7

Relevancia de la formación en el ámbito geográfico y sectorial en la que se aplicaría la formación.

7

Adecuación de la oferta a las posibles destinatarias y destinatarios.

2

Inclusión de perspectiva de AKIS.

1

Inclusión de medidas para la retención y atracción de jóvenes. Emprendimiento.

1

Atención a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.
Favorecer su inscripción en las actividades.

1

Coherencia del cronograma de los cursos con los objetivos previstos.

10

Calidad e idoneidad del plan de divulgación de los cursos.

5

Calidad e idoneidad del curso. Se valora la calidad media de todos los cursos, ósea el curso unitario.

5

Coherencia de la descripción del empleo de TIC con el programa formativo.

10

cve: BOE-A-2024-7035
Verificable en https://www.boe.es

I.C.1
I.C.2

Sec. I. Pág. 40016