V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-12919)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de rectificación del deslinde aprobado por la O.M. de 5 de abril de 2024, en el tramo de unos 37 m, entre los vértices 6A y 7A del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre aprobado por O.M. de 20 de marzo de 2003, en el término municipal de Ribadesella (Asturias). Refª. DES01/02/33/0003-DES04/01. DL-73/1-ASTURIAS.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 10 de abril de 2024

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de Asturias, emitió informe, de fecha 11 de diciembre de 2023, no mostrando
inconveniente a la rectificación que se tramita.
El Ayuntamiento de Ribadesella no contestó por lo que, transcurrido el plazo de
un mes se entendió el informe respectivo emitido con carácter favorable de
acuerdo con lo previsto en el artículo 21.2.b del Reglamento General de Costas.
VII) Con fecha 1 de febrero de 2024, la Demarcación de Costas en Asturias
remitió el expediente a la Dirección General de la Costa y el Mar, para su ulterior
resolución, adjuntando planos suscritos en junio de 2023
VIII) En cumplimiento de lo establecido en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se prescindió del trámite de audiencia, al no haber variado la línea
mostrada en la información pública y no haberse presentado alegaciones.
CONSIDERACIONES:
1) Examinado el expediente, se considera correcta la tramitación del mismo y
conforme con lo dispuesto en artículo 27.1 c) del Reglamento General de Costas.
2) El citado artículo 27.1 c) de dicho Reglamento establece lo siguiente:
"En los supuestos de incorporación de terrenos previstos en los apartados 7 y
8 del artículo 5 de este Reglamento y en los de desafectación recogidos en el
artículo 38 de este reglamento, no será necesario tramitar un nuevo deslinde, sino
que será suficiente con rectificar el deslinde existente con información pública y
solicitud de informes al Ayuntamiento y la Comunidad Autónoma, de forma que se
adapte la línea definitoria del dominio público marítimo-terrestre al resultado de
tales mutaciones demaniales".
3) Mediante O.M. del Ministerio de Hacienda y Función Pública, de fecha 31 de
marzo de 2023, se acordó la desafectación del dominio público marítimo-terrestre
de la parcela delimitada por el polígono de vértices 6-A, 6-B y 7-A, ubicada en el
término municipal de Ribadesella (Asturias).
4) La línea de deslinde recogida en los planos suscritos en junio de 2023 por el
Jefe de la Demarcación de Costas en Asturias, rectifica el deslinde entre los
vértices considerados, excluyendo del demanio la parcela desafectada por el
Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Por todo lo anterior,

Aprobar la rectificación, en el tramo de unos 37 m, entre los vértices 6-A, 6-B y
7A del deslinde de dominio público marítimo-terrestre en el término municipal de
Ribadesella, aprobado por O.M. de 20 de marzo de 2003, al objeto de excluir del
mismo la parcela delimitada por el polígono de vértices 6-A, 6-B y 7-A, desafectada
del dominio público marítimo-terrestre por la O.M. de 31 de marzo de 2023, según
se define en los planos a escala 1/1.000, suscritos en junio de 2023 por el Jefe de
la Demarcación de Costas en Asturias.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los
interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán

cve: BOE-B-2024-12919
Verificable en https://www.boe.es

ESTA DIRECCIÓN GENERAL, POR DELEGACIÓN DE LA MINISTRA, HA
RESUELTO: