III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-7028)
Resolución de 3 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Parque Solar Fotovoltaico denominado Jerez de 42,5 MW de potencia nominal, para su hibridación con el parque eólico existente denominado Jerez, de 42,5 MW de potencia, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cádiz".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 9 de abril de 2024

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a 9,7 km la PSFV Arco 5 de 29,42 MW, a 9,8 km PSFV Adco 4 de 29,42 MW, y a 9,9 km
la PSFV Miramundo de 49,9837 MW.
El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y el Plan de Vigilancia contemplados en el estudio de impacto ambiental,
en tanto no contradigan lo establecido en la presente propuesta y las siguientes
condiciones:
Si durante las actuaciones asociadas al presente proyecto se detectase algún
impacto no analizado o cuya magnitud fuera superior a la evaluada se comunicará dicha
circunstancia al órgano autonómico competente para la determinación de la forma de
proceder.
Al tratarse de un proyecto de hibridación, las medidas y condiciones deben ir acordes
en su conjunto, coordinadas y relacionadas en lo posible con las establecidas para la
parte eólica del proyecto.
Al ubicarse a unos 20 m de la autovía A 381, será obligatorio desarrollar medidas
antideslumbramiento para evitar que las placas solares fotovoltaicas causen molestias a
los conductores.
Se deberá realizar un muestreo de campo exhaustivo previo las obras de
construcción del complejo solar en la zona de actuación y su área de influencia (en torno
a 1 km), así como en las masas forestales circundantes o de ribera, con el fin de detectar
posibles especies amenazadas de flora y de fauna para identificar la posibilidad de aves
nidificando en la zona y en sus inmediaciones por si hay que establecer medidas
preventivas adicionales, debiendo comunicarse a la Delegación Territorial de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz.
Se aportarán parcelas con una superficie equivalente al 100 % de la instalación
proyectada, a modo de mejora de los hábitats de la avifauna esteparia, elaborando un
Plan de Conservación de esteparias aprobado y consensuado con la Delegación Territorial
de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz. Entre las medidas a
incorporar y siguiendo las estrategias de conservación del «Plan de recuperación y
conservación de aves esteparias» de la Junta de Andalucía, se aumentarán las superficies
de barbecho tradicional y su mantenimiento a largo plazo, alzado tardío del rastrojo,
empleo de leguminosas de grano y/o utilización de cereales de ciclo largo y no tratadas
con productos fitosanitarios, fungicidas o rodenticidas, mantenimiento de pastizales
naturales así como restablecer lindes con vegetación herbáceas y fomentar la
transformación de cultivos herbáceos en pastizales permanentes.
Se respetará el periodo de nidificación para aquellos trabajos que puedan incidir en
la avifauna, presentando un plan de trabajo que minimice su afección, estableciendo un
calendario de obras se fijará en coordinación con la Delegación Territorial de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz.
De forma conjunta, se considera necesaria la elaboración de un plan de seguimiento
específico para la fauna que se extenderá durante toda la vida útil desde la puesta en
marcha por la instalación, prorrogables por periodos de igual o menos duración, en
función de los resultados obtenido, llevándose a cabo por una empresa independiente de
la responsable de la obra. Dicho plan deberá incluir tanto dentro como fuera de las
instalaciones los censos de fauna (aves esteparias, rapaces, quirópteros, invertebrados)
y el seguimiento de mortalidad de la fauna, con aprobación la Delegación Territorial de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz, e informes anuales de
seguimiento.
A la hora de realizar las zanjas, se minimizará su afección a la vegetación de las
lindes y si fuese necesario de procederá a su restauración y mejora. De igual modo, los
caminos públicos de paso para acceso a la instalación deberán mantenerse en perfectas
condiciones de uso, evitando su deterioro, así como las ocupaciones que dificulten el
tránsito o la funcionalidad de los mismos.
Durante las obras, se seleccionará el procedimiento de construcción que minimice la
alteración de la capa superficial del suelo, respetando la vegetación existente,
minimizando los movimientos de tierra en la superficie de la planta, así como los acopios

cve: BOE-A-2024-7028
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Núm. 87