III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2024-7026)
Orden APA/306/2024, de 28 de marzo, por la que se definen las explotaciones de ganado asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, periodo de suscripción y el peso de subproducto de referencia de los animales en relación con el seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales muertos en la explotación, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87

Martes 9 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 39873

información epidemiológica de la Dirección General de Sanidad de la Producción
Agroalimentaria y Bienestar Animal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y
posteriormente dará traslado a Agroseguro.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Queda derogada, a partir del 1 de junio de 2024, la Orden APA/427/2023, de 19 de
abril, por la que se definen las explotaciones de ganado asegurables, las condiciones
técnicas mínimas de explotación, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, periodo
de suscripción y el peso de subproducto de referencia de los animales en relación con el
seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales
muertos en la explotación, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios
Combinados. No obstante, las pólizas suscritas al amparo de la citada orden se regirán
por aquella hasta que cesen sus efectos.
Disposición final primera.

Título competencial.

La presente orden se dicta al amparo de la competencia exclusiva atribuida al Estado
por los artículos 149.1.11.ª y 149.1.13.ª de la Constitución, en materia de seguros y de
bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 28 de marzo de 2024.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis
Planas Puchades.
ANEXO I
Pesos de subproductos de referencia en kilos/animal a efectos del cálculo del
capital asegurado

Especie/régimen

CC.AA.

Valor

Reproducción carne.



207

Reproducción leche.



280

cve: BOE-A-2024-7026
Verificable en https://www.boe.es

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