V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-12738)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental de Información Pública y convocatoria para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de bienes y derechos afectados por las obras del proyecto de construcción "Autovía del Duero, A-11. Tramo: Variante de Langa de Duero - Variante de Aranda de Duero". Clave del Proyecto: 12-BU-4690. Términos municipales de Langa de Duero, La Vid y Barrios, Vadocondes y Fresnillo de las Dueñas. Provincias de Soria y Burgos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87

Martes 9 de abril de 2024

Sec. V-B. Pág. 18721

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

12738

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León
Oriental de Información Pública y convocatoria para el levantamiento de
Actas Previas a la Ocupación de bienes y derechos afectados por las
obras del proyecto de construcción "Autovía del Duero, A-11. Tramo:
Variante de Langa de Duero - Variante de Aranda de Duero". Clave del
Proyecto: 12-BU-4690. Términos municipales de Langa de Duero, La
Vid y Barrios, Vadocondes y Fresnillo de las Dueñas. Provincias de
Soria y Burgos.

Por Resolución de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible de fecha 1 de diciembre de 2023, se aprueba
definitivamente el Proyecto de construcción arriba indicado, igualmente por
Resolución del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de fecha 7
de julio de 2022, se aprueba el expediente de información pública y definitivamente
el Proyecto de trazado arriba mencionado, y se ordena a esta Demarcación la
incoación del expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos
afectados por las obras del proyecto aprobado.
En artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras (B.O.E.
de 30 de septiembre), modificada por Real Decreto-Ley 18/2018, de 8 de
noviembre, establece que la aprobación definitiva de los proyectos de carreteras
del Estado implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación
de los bienes, modificación de los servicios y adquisición de derechos
correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de
imposición o modificación de servidumbres.
El apartado 4 del mismo precepto establece que la declaración de utilidad
pública y necesidad de urgente ocupación se referirán también a los bienes y
derechos comprendidos en el replanteo del proyecto, reposición de servicios
afectados y a las modificaciones de obras que puedan aprobarse posteriormente.

La tramitación del correspondiente expediente expropiatorio se ha de ajustar,
por tanto, a lo previsto en los artículos 52 y siguientes de la Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y concordantes de su Reglamento de 26 de
abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso de las facultades que le
otorga el artículo 98 de la LEF y atendiendo a lo señalado en las reglas 2.ª y 3.ª de
su artículo 52, ha resuelto convocar a los propietarios que figuran en las relaciones
que se harán públicas en los Boletines Oficiales de las provincias de Soria y de
Burgos y que se encuentran expuestas en los tablones de anuncios de los

cve: BOE-B-2024-12738
Verificable en https://www.boe.es

De acuerdo con la Resolución del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana de fecha 7 de julio de 2022, la aprobación definitiva del proyecto
implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de
los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes,
a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación
de servidumbres, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.2 de la vigente Ley
37/2015, de Carreteras, y en la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre
Expropiación Forzosa.