II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2024-6878)
Resolución de 26 de marzo de 2024, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 39161

d) El órgano competente en materia de personal de la Administración Pública que
corresponda cuando se trate de los funcionarios y de las funcionarias que se encuentren
en servicio en otras Administraciones Públicas.
e) La Unidad de personal que corresponda en función del puesto de reserva del
funcionario o funcionaria, cuando se encuentren en situación administrativa distinta a la
de activo con derecho a reserva de puesto de trabajo.
f) La Dirección General de la Función Pública, para funcionarios y funcionarias
pertenecientes a Cuerpos o Escalas adscritos al Ministerio para la Transformación Digital
y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Función Pública, cuando
se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de
puesto de trabajo, teniendo en cuenta que los servicios que se hayan prestado en otras
Administraciones Públicas mientras el funcionario o funcionaria se encontrase en dicha
situación administrativa serán acreditados por el órgano competente de la Administración
Pública en la que se prestasen los servicios.
g) El Ministerio al que esté adscrito el cuerpo o escala, siempre que sea distinto al
de la Secretaría de Estado de Función Pública, en el caso de funcionarios y funcionarias
que se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a
reserva de puesto de trabajo.
h) La Unidad de personal de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, SA, en el
caso de los funcionarios y funcionarias de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos
que se encuentren en servicio activo destinados en esa Sociedad Estatal o que se
encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa y que hayan
ocupado su último destino en servicio activo en la misma.
i) La Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa, en el caso de los funcionarios y funcionarias de Cuerpos y Escalas
de Correos y Telégrafos en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa,
cuyo último destino en servicio activo fue en la Caja Postal de Ahorros.
j) La emisión del certificado de méritos del personal militar de carrera deberá ser
expedida por el Mando o Jefatura de Personal del Ejército de pertenencia o por la
Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa si se trata de personal de los
Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas. Esta certificación deberá ajustarse al
modelo que se incluye en la presente convocatoria.
k) Los cursos de formación y perfeccionamiento del personal militar de carrera
susceptible de valoración en este concurso, en los términos establecidos en el
artículo 44.1.d) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, deberán haber sido
realizados en centros oficiales de formación militar.
En el certificado de méritos generales la persona responsable de la emisión del
mismo deberá incluir todos los cursos que consten en el Registro Central de Personal,
en la base de datos del Ministerio u Organismo o aquellos que en ese momento aporte la
persona que solicita el certificado, siempre que cumplan los requisitos para su valoración
en el concurso.
Acreditación de los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y
laboral.
La documentación a aportar, que deberá contener información actualizada que
permita comprobar que a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
concurren las circunstancias alegadas, será la siguiente:
a) Los funcionarios y funcionarias que aleguen como supuesto a valorar el destino
previo del cónyuge funcionario o funcionaria, deberán aportar la siguiente
documentación:
– Copia del Libro de Familia o certificación actualizada del Registro Civil de
inscripción matrimonial.

cve: BOE-A-2024-6878
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Núm. 86