III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-6932)
Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Carmina Solar 2, de 99,973 MWp y 97,011 MWn, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 8 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
6932

Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico Carmina Solar 2, de 99,973
MWp y 97,011 MWn, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de
Toledo y Madrid».
Antecedentes de hecho

Con fecha 28 de julio de 2023, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de
inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parque solar
fotovoltaico Carmina Solar 2, de 99,973 MWp y 97,011 MWn, y su infraestructura de
evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid», remitido por Solaria Promoción y
Desarrollo Fotovoltaico, SLU, como promotor y respecto de la que la Dirección General
de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico (MITECO) ostenta la condición de órgano sustantivo.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por
el promotor para el proyecto «Parque solar fotovoltaico Carmina Solar 2, de 99,973 MWp
y 97,011 MWn, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y
Madrid», y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo, analizados por el
promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la
vulnerabilidad del proyecto. Se incluye, asimismo, en la evaluación, el proceso de
participación pública y consultas. No comprende el ámbito de la evaluación de seguridad
y salud en el trabajo, ni otros, que poseen normativa reguladora e instrumentos
específicos.
Descripción y localización del proyecto

El proyecto comprende la instalación de la planta solar fotovoltaica Carmina Solar 2,
con una superficie de 170,89 ha y un vallado perimetral de 16.179 m de longitud, en el
término municipal de Casarrubios del Monte.
La energía generada en la planta fotovoltaica se evacúa a través de la subestación
Carmina 220/30kV, de nueva construcción, ubicada dentro de la envolvente de la planta.
Una vez elevada la tensión de 30 kV a 220 kV, se evacua mediante una línea
aéreo-soterrada de 24,721 km de longitud, que conectará con la subestación
SET Colectora Promotores Nudo Fuenlabrada 30/66/220 kV, situada en el término
municipal de Ugena (Toledo). Esta línea cuenta con diez tramos, ocho de los cuales son
tramos compartidos con proyectos que evacúan en otros nudos, siendo únicamente dos
tramos soterrados (tramo 1 de 83,16 metros y tramo 10 de 1.577,58 metros) de carácter
privativo o exclusivo de este proyecto.
El resto de tramos compartidos cuentan con Resolución de 20 de febrero de 2023, de
la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula
declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos “Carina
Solar 8, Carina Solar 9 y Carina Solar 10” de 49,991 MWp cada uno, y su infraestructura
de evacuación en los términos municipales de Casarrubios del Monte, Toledo, Pantoja,
en las provincias de Toledo y Madrid».

cve: BOE-A-2024-6932
Verificable en https://www.boe.es

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