III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-6944)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Hispania, Educación y Comunicación, SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 8 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 39508

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
6944

Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Hispania,
Educación y Comunicación, SL, para la realización de prácticas académicas
externas por parte de estudiantes de postgrado.

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. e Hispania, Educación y
Comunicación, SL, han suscrito, con fecha 12 de marzo de 2024, un convenio para que
los alumnos de los programas de postgrado de la UIMP puedan realizar en dicha entidad
sus prácticas académicas externas curriculares o extracurriculares y proyectos de fin de
máster, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que
figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 22 de marzo de 2024.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., P. D. (Resolución de 24 de abril de 2019), el Gerente, Rafael Álvarez
Luque.
ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. e Hispania,
Educación y Comunicación, SL, para la realización de prácticas académicas
externas por parte de estudiantes de postgrado de la UIMP
REUNIDOS

EXPONEN
I. Que la UIMP, creada por Decreto de 10 de noviembre de 1945, y regulada en la
actualidad por el Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, aprobado
por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, está adscrita al Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades de España y tiene personalidad jurídica y patrimonio propios.
Que la UIMP, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, es un centro universitario
de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de
distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión difundir la cultura

cve: BOE-A-2024-6944
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, don Carlos Andradas Heranz, en nombre y representación de la
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. (en adelante UIMP), entidad con
NIF Q2818022B y domicilio social en calle Isaac Peral, 23, 28040 Madrid, en su
condición de Rector Magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por
Real Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y haciendo uso de las atribuciones que tiene
conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y, de otra parte, don Juan José Ruiz Talaero, representante legal de Hispania,
Educación y Comunicación, SL, entidad con NIF B98318264 y domicilio social en calle
Cavanilles 6, 46010 Valencia, en su condición de Director y haciendo uso de los poderes
otorgados ante el notario del Ilustre Colegio Notarial de Valencia, don Jesús Beneyto
Feliu, mediante escritura de fecha 14 de julio de 2012 y número de protocolo 480,
poderes que declara no le han sido revocados, ni disminuidos.