III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-6845)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Avatel Telecom, SA.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
27 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Sábado 6 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 38913

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
6845

Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo de Avatel Telecom, SA.

Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Avatel Telecom, SA (Código de
convenio: 90104582012024), que fue suscrito en fecha 4 de diciembre de 2023, de una
parte por los designados por la dirección de la empresa, en representación de la misma,
y, de otra, por los representantes de los trabajadores de las organizaciones sindicales de
UGT, FETICO y CCOO, y que ha sido finalmente subsanado mediante Acta de 13 de
febrero de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de
la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del mencionado convenio colectivo en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de marzo de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
ANEXO
Convenio colectivo empresa Avatel Telecom, SA
CAPÍTULO I
Condiciones generales
Ámbito de aplicación.

El presente convenio colectivo será de aplicación obligatoria en las relaciones
laborales entre la empresa Avatel Telecom, SA (en adelante «la empresa» o «la
compañía»), y todo el personal con vinculación laboral a aquella que preste sus servicios
en la actualidad, o en lo sucesivo, en los centros de trabajo de la empresa dentro del
territorio nacional, constituidos o que puedan constituirse en el futuro, durante el tiempo
de su vigencia.
Artículo 2. Vigencia del convenio.
La duración del presente convenio se extenderá desde la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» hasta el 31 de diciembre de 2024.

cve: BOE-A-2024-6845
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1.