III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Premios. (BOE-A-2024-6857)
Resolución de 18 de marzo de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de Teatro correspondiente al año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Sábado 6 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
6857

Resolución de 18 de marzo de 2024, del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de
Teatro correspondiente al año 2024.

La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del
Ministerio de Cultura, en la redacción dada por Orden CUL/3009/2011, de 3
de noviembre y modificada por la Orden CUD/580/2022, de 22 de junio, establece, en su
punto primero, la relación de los premios nacionales que concede el departamento, en
distintas actividades culturales, entre los que se encuentra el Premio Nacional de Teatro.
Asimismo, establece la citada orden que los premios nacionales se otorgarán como
recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de las personas o entidades en cada
uno de los ámbitos culturales, puesta de manifiesto a través de una obra o actuación
hecha pública o representada durante el año anterior o, en casos excepcionales
debidamente motivados, también podrán otorgarse como reconocimiento a una trayectoria
profesional.
En su virtud, al amparo de lo previsto en el apartado primero, en relación con los
apartados noveno y undécimo de la Orden de 22 de junio de 1995, y en atención a las
funciones que corresponden al Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música
para realizar acciones de fomento y difusión, en particular, mediante premios, ayudas y
subvenciones, en cumplimiento de sus fines, este Instituto resuelve convocar el Premio
Nacional de Teatro correspondiente al año 2024, de conformidad con lo siguiente:
Primero. Objeto y finalidad del Premio.
El Premio Nacional de Teatro recompensará la meritoria labor de una persona o
entidad en el ámbito teatral, puesta de manifiesto preferentemente a través de una obra
o actuación hecha pública o representada durante el año 2023 o, en casos
excepcionales debidamente motivados, también podrán otorgarse como reconocimiento
a una trayectoria profesional.
El Premio se otorgará en base a las actividades de creación teatral realizadas por
personas físicas o colectivos, cualquiera que sea su personalidad jurídica.
Para la concesión del Premio se tendrá en cuenta la calidad de la obra o actividad
recompensada y su significación como aportación sobresaliente e innovadora a la vida
teatral española.
No podrán ser susceptibles de ser valoradas aquellas obras que sean creadas
íntegra y exclusivamente por inteligencia artificial generativa.
Dotación económica.

La dotación económica del Premio Nacional de Teatro es de 30.000,00 euros,
cuantía que no podrá dividirse.
El importe del Premio se satisfará con cargo a la aplicación presupuestaria
24.107.335B.488, «Premios Nacionales de Teatro y de Circo, Premio Nacional de Artes
Escénicas para la Infancia y la Juventud y Premio de Teatro para Autores Noveles “Calderón
de la Barca”», asignada al Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Tercero. Instrucción del procedimiento.
El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Subdirección
General de Teatro del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

cve: BOE-A-2024-6857
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.