III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-6785)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Autoridad Portuaria de Baleares, sobre delegación de competencias.
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Núm. 84

Viernes 5 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
6785

Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Autoridad Portuaria de Baleares,
sobre delegación de competencias.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en su sesión
celebrada el día 21 de febrero de 2024, acordó las siguientes delegaciones de funciones
del Consejo de Administración en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares:
– En relación al punto 8 del Orden del día «Propuesta de resolución de aprobación
del proyecto de construcción de la prórroga de la concesión para la explotación de
instalaciones con destino a servicios de varada y botadura de embarcaciones en el
puerto de Palma de la que es titular Servicios Técnicos Portuarios. (ref.: GSP-115)»:
«2. Delegar en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares la aprobación
del Proyecto Complementario del tren de fondeo relativo a la modificación de la
concesión y del Proyecto de instalación de una planta desalinizadora, una vez se hayan
obtenido los informes preceptivos sobre su compatibilidad con las estrategias marinas, si
de estos informes no se deriva la introducción de modificaciones sustanciales en dichos
proyectos.»
– En relación al punto 9 del Orden del día «Propuesta de resolución de otorgamiento
de concesión para la explotación de puestos de amarre para embarcaciones de gran
eslora y de un edificio de servicios en la dársena de levante del puerto de Eivissa (ref.:
E.M.700.3)»:
«3. Delegar en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares la aprobación
del Proyecto Constructivo que desarrolle el Proyecto Básico presentado por el licitador a
este concurso público para la “Explotación de puestos de amarre para embarcaciones de
gran eslora y de un edificio de servicios en la dársena de levante del Puerto de Eivissa
(E.M. 700.3)” teniendo en cuenta las consideraciones introducidas durante la tramitación
del otorgamiento y recogidas en las condiciones aceptadas por el concesionario.»
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo
establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.

cve: BOE-A-2024-6785
Verificable en https://www.boe.es

Palma, 29 de febrero de 2024.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares,
José Javier Sanz Fernández.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X