III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Contratación administrativa. (BOE-A-2024-6784)
Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, sobre la composición de las mesas de contratación de la Dirección General de Carreteras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84

Viernes 5 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 38741

Segundo.
En todas las licitaciones de contratos financiados por programas presupuestarios del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que se produzcan a partir del 26 de
enero de 2023 dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, resulta de
aplicación la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo
de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, a través de la aplicación MINERVA de la AEAT.
A los efectos previstos en dicha Orden, el órgano de contratación, así como los
miembros de las Mesas de Contratación como órganos colegiados de asistencia al
órgano de contratación, se denominan decisores de la operación y además, el órgano de
contratación se considera responsable de la operación a los efectos de la Orden, si bien
esta consideración puede ser objeto de delegación en otra persona por parte del propio
órgano de contratación.
Los decisores de la operación deben firmar electrónicamente las Declaraciones de
Ausencia de Conflicto de Interés (DACI) respecto de los participantes en cada proceso
de contratación, una vez conocidos los mismos con carácter previo a la valoración de las
ofertas, de acuerdo con el modelo recogido en el anexo I de la citada orden.
Así mismo, en caso de que algún decisor de la operación reciba por parte de la
aplicación MINERVA una bandera roja identificativa del riesgo de conflicto de interés en
el procedimiento, este podrá o bien abstenerse de su participación en el procedimiento o
bien manifestar su no reconocimiento de la validez de dicha información a través de la
firma de una nueva DACI conforme al Anexo II de la citada orden, siguiéndose en este
último caso el procedimiento de establecido en el artículo 6 de la citada orden en relación
con la habilitación definitiva o no del decisor en la Mesa de contratación.
Tercero.
La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en
el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-6784
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 15 de marzo de 2024.–El Secretario de Estado de Transportes y Movilidad
Sostenible, José Antonio Santano Clavero.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X