III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Contratación administrativa. (BOE-A-2024-6784)
Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, sobre la composición de las mesas de contratación de la Dirección General de Carreteras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84

Viernes 5 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
6784

Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de
Transportes y Movilidad Sostenible, sobre la composición de las mesas de
contratación de la Dirección General de Carreteras.

La vigente normativa sobre la composición de las Mesas de Contratación de la
Dirección General de Carreteras fue establecida en la Resolución de 16 de octubre
de 2006 de la entonces Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación,
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 254, de 24 de octubre de 2006.
Habida cuenta del notable incremento de los expedientes de licitación promovidos
por la Dirección General de Carreteras y la necesidad de cumplir con una serie de hitos y
objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), singularmente
el análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos de
contratación del PRTR que establece la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, siendo
frecuente la celebración de hasta 10 reuniones semanales de las Mesas de Contratación
(de apertura del sobre administrativo, de apertura de oferta económica, de apertura de
ofertas económicas y de propuesta de adjudicación) y, a fin de garantizar la rapidez,
agilidad y el regular desenvolvimiento de las Mesas de Contratación con las funciones
previstas en la Ley de Contratos del Sector Público, se hace necesario modificar la
vigente resolución sobre composición de Mesas de Contratación de la Dirección General
de Carreteras de 16 de octubre de 2006.
La nueva resolución sobre composición de Mesas de Contratación utiliza
básicamente el criterio de permitir la fácil sustitución de los miembros de la Mesa de
Contratación debido, por una parte, a que éstos simultanean esta función con sus
respectivos puestos de trabajo en la Dirección General de Carreteras y en la Dirección
General de Programación Económica y Presupuestos, de otra, el elevado número de
reuniones de la Mesa de Contratación para todo tipo de licitaciones y, finalmente, a la
posibilidad cierta de que parte de los miembros de la Mesa en contratos del PRTR deban
abstenerse de participar en Mesas ante la aparición de una situación de riesgo de
conflicto de interés derivada del análisis realizado por la aplicación MINERVA, de
acuerdo a la Orden HFP/55/2023.
En consecuencia, y de conformidad con el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, así como lo previsto en los artículos 13 y 16 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:
Primero.

«1. Mesas de Contratación para cualquier tipo de contratos de importe igual
o superior a 3.000.000,00 € (sin IVA).

cve: BOE-A-2024-6784
Verificable en https://www.boe.es

Modificar la resolución de 16 de octubre de 2006, sobre la composición de las Mesas
de Contratación de la Dirección General de Carreteras que, con carácter permanente,
será la siguiente: