III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-6783)
Resolución de 1 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Teo, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84

Viernes 5 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
6783

Resolución de 1 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Teo, para la incorporación
de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los
casos de Violencia de Género.

Habiéndose suscrito el 22 de marzo de 2024 el Convenio entre la Secretaría de
Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Teo para la incorporación de los Cuerpos de
Policía Locales al «Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de
Género», procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio
que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 1 de abril de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de
Teo para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al «Sistema de
Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género»
Madrid, a 22 de marzo de 2024
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020 de 17 de enero, al amparo de
lo previsto en el artículo 62.2g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle
Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, doña Lucía Calvo de la Uz, Alcaldesa del Ayuntamiento de Teo (en
adelante, el Ayuntamiento), nombrada desde la sesión constitutiva de la Corporación,
celebrada el 17 de junio de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en
virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
convenio en la Travesía da Ramallosa, 38 (Lucí), 15883 de Teo.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,

Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.

cve: BOE-A-2024-6783
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