V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. (BOE-B-2024-12121)
Extracto de la Resolución de 3 de abril de 2024 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E. (CDTI) por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC)
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84

Viernes 5 de abril de 2024

Sec. V-B. Pág. 17895

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES

12121

Extracto de la Resolución de 3 de abril de 2024 de la Presidencia del
Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E. (CDTI) por
la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 del procedimiento
de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales
de empresas innovadoras (Programa NEOTEC)

BDNS(Identif.):752634
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
752634)
Primero. -Objeto.Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos
proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos
desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de
negocio se base en el desarrollo de tecnología. Asimismo, se prima la
incorporación de personas con grado de doctor (en adelante doctor/es) a la
empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de
conocimiento.
Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito
tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los
proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en
servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de
ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la
continuidad en el desarrollo de tecnología.
Segundo. -Beneficiarios.
Podrán adquirir la condición de beneficiarios las pequeñas empresas, conforme
a la definición establecida en el apartado 11 del Anexo I de la Orden CIN/373/2022,
de 26 de abril, que cumplan además los requisitos para considerarse empresa
innovadora, según lo establecido en el apartado 10 del Anexo I de la referida
Orden, siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica
propia y residencia fiscal en España.

Tercero. - Financiación.El presupuesto máximo de esta convocatoria es de
esta convocatoria asciende a 20.000.000 euros, que se financiarán con cargo al
patrimonio del CDTI.
Dentro del presupuesto disponible, se reservará un importe mínimo de
5.000.000 euros para empresas lideradas por mujeres, en los términos
establecidos en el Anexo IV de esta convocatoria, siempre que no hayan obtenido

cve: BOE-B-2024-12121
Verificable en https://www.boe.es

Podrán adquirir la condición de beneficiarios las pequeñas empresas
innovadoras, constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de
cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente
convocatoria, con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o
asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el
registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.