III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2024-6699)
Resolución de 28 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 21 de febrero de 2024, de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, en relación con la Ley 9/2023, de 19 de mayo, de medidas extraordinarias y urgentes para afrontar la situación de sequía excepcional en Cataluña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83

Jueves 4 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
6699

Resolución de 28 de febrero de 2024, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 21 de febrero de
2024, de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución
de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, en relación con la
Ley 9/2023, de 19 de mayo, de medidas extraordinarias y urgentes para
afrontar la situación de sequía excepcional en Cataluña.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 28 de febrero de 2024.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución
de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación
con la Ley 9/2023, de 19 de mayo, de medidas extraordinarias y urgentes
para afrontar la situación de sequía excepcional en Cataluña
La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de
la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, de conformidad con las negociaciones previas
celebradas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el
Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de
Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado de 11 de agosto de 2023, para
resolver las discrepancias competenciales suscitadas respecto de los artículos 1 y 2 y los
anexos 1 y 2 de la Ley 9/2023, de 19 de mayo, de medidas extraordinarias y urgentes
para afrontar la situación de sequía excepcional en Cataluña, ha adoptado el siguiente
acuerdo:

1. En relación con el artículo 1, ambas partes consideran que la habilitación que
hace a las administraciones competentes en el servicio de abastecimiento de agua para
ejecutar las inversiones urgentes por el trámite de emergencia, ha de interpretarse en el
sentido de que corresponde al órgano de contratación valorar y justificar expresamente
en cada caso la procedencia del trámite de emergencia, que se ha de aplicar de
conformidad y cumpliendo los requisitos del artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
2. En relación con el artículo 2, ambas partes coinciden en considerar que la
previsión de que las obras y actuaciones que constan en el Decreto ley 1/2023 y se
relacionan en los anexos 1 y 2 de la Ley 9/2023 pueden ser objeto de contratación por el
procedimiento de tramitación de emergencia, ha de interpretarse en el sentido de que
corresponde al órgano de contratación valorar y justificar expresamente en cada caso la

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Primero.