III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Medicamentos. (BOE-A-2024-6702)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud, por la que se valida la Guía para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de las/los enfermeras/os: procedimientos diagnósticos o terapéuticos que requieren del uso de anestésicos locales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83

Jueves 4 de abril de 2024

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de los contenidos establecidos en la presente guía, sus propios protocolos y/o guías
asistenciales específicas adaptadas a su contexto para concretar, al menos:
– La población sobre la que procede aplicar el protocolo o guía.
– Los medicamentos autorizados para realizar el tratamiento que, necesariamente,
deben estar incluidos en esta guía.
– El tipo de intervenciones que realiza la/el enfermera/o: inicio de tratamiento,
modificación de pauta, suspensión y/o finalización de la administración en relación a un
medicamento o grupo de medicamentos concreto de la guía.
– Los parámetros del tratamiento ajustables por las/los enfermeras/os y los rangos
de ajuste autorizados para cada uno de ellos.
– Los criterios de reevaluación, así como los signos/síntomas de alarma para la
valoración o derivación al médico de referencia.
En este contexto, no se incluyen en esta guía los aspectos que se relacionan con
recomendaciones o criterios de uso adecuado de cada medicamento sujeto a prescripción
médica, que den soporte a las decisiones clínicas, aspectos organizativos, contenidos
relacionados con la seguridad del paciente o de apoyo educativo, problemas potenciales u
otras situaciones especiales, así como cualquier otra cuestión que requiera de una mayor
definición de ámbitos específicos para la aplicación de esta guía general. Como ya se ha
comentado, los aspectos de seguimiento farmacológico colaborativo de tratamientos, o
protocolos más específicos de indicación, uso y autorización de dispensación en
determinadas situaciones clínicas se desarrollarán posteriormente a partir de la definición
del listado de medicamentos base para el manejo por enfermeras/os incluidos en esta guía.
Los productos sanitarios y los medicamentos no sujetos a prescripción médica están ya
regulados en el Real Decreto 954/2015 y sus modificaciones del Real Decreto 1302/2018
por lo que no se incluyen aquí 1,2.
Para el desarrollo de las actuaciones contempladas en esta guía, tanto la/el
enfermera/o responsable de cuidados generales como la/el enfermera/o responsable de
cuidados especializados deberán ser titulares de la correspondiente acreditación emitida
por el órgano competente de la CC. AA. respectiva.
La autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica se
realizará mediante la correspondiente orden de dispensación.
3. Criterios específicos
3.1

Población diana.

Población adulta y pediátrica que, por su patología o situación, precisan de una
intervención de la/el enfermera/o, en base a sus competencias, en procedimientos que
requieran el uso de anestésicos locales (entendiendo con ello procedimientos vinculados
a pruebas diagnósticas o terapéuticas que cursan con dolor) y mediante el uso de
protocolos y/o guías asistenciales consensuados de manera multidisciplinar.
3.2

Procesos asistenciales, patologías y/o situaciones clínicas.

3.3

Tipo de intervenciones que realiza la/el enfermera/o.

Es necesario dejar constancia, en la historia clínica del paciente, la identificación de
la/el enfermera/o que realiza las diferentes actuaciones en base a sus competencias y de
acuerdo al protocolo y/o guía asistencial consensuado.

cve: BOE-A-2024-6702
Verificable en https://www.boe.es

Cualquier proceso, programado o urgente, que requiera una intervención de la/el
enfermera/o donde sea necesario eliminar el dolor ocasionado por el procedimiento.