V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DEL INTERIOR. (BOE-B-2024-12009)
Extracto de la Resolución de 02 de abril de 2024, de la Dirección General de Tráfico, por la que se publica la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a proyectos a desarrollar por entidades u organizaciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto primordial sea la atención, defensa o representación de las víctimas de accidentes de tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83

Jueves 4 de abril de 2024

Sec. V-B. Pág. 17688

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DEL INTERIOR

12009

Extracto de la Re solución de 02 de abril de 2024, de la Dire cción
Ge ne ral de Tráfico, por la que se publica la convocatoria para la
conce sión de ayudas de stinadas a proye ctos a de sarrollar por
entidades u organizaciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto primordial
sea la atención, defensa o representación de las víctimas de accidentes
de tráfico.

BDNS(Identif.):752229
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
752229)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las entidades u organizaciones sin
ánimo de lucro, cuyo objetivo institucional primordial sea la representación y
defensa de los intereses de las víctimas de accidentes de tráfico, y que reúnan,
además, los requisitos que se detallan en el artículo 3º de las bases reguladoras.
Tendrán igualmente la consideración de beneficiarios los miembros asociados
de la entidad beneficiaria que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las
actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por
cuenta del primero.
También podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las agrupaciones de
organizaciones sin personalidad jurídica que reúnan los requisitos establecidos en
el primer párrafo de este apartado.
Segundo. Objeto.
Las subvenciones se destinarán a financiar la realización de proyectos dirigidos
a la población general o a colectivos de riesgo específico, cuyo objetivo sea la
prevención de accidentes de tráfico o la reducción de sus consecuencias,
primándose aquellos que se alineen con los ámbitos prioritarios de actuación que,
a tal fin, se fijen por la Dirección General de Tráfico en cada convocatoria. Se
financiarán, también, proyectos de atención directa a las víctimas de accidentes de
tráfico que incluyan acciones orientadas a minimizar el impacto de los accidentes
tanto en el ámbito de la salud física y mental, como en los ámbitos de la
orientación jurídica y la reinserción socio-laboral.

Las bases reguladoras de esta convocatoria se recogen en la Orden INT/202/
2018, de 28 de febrero, (B.O.E. de 2 de marzo), por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a programas a desarrollar por
entidades u organizaciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto primordial sea la
atención, defensa o representación de las víctimas de accidentes de tráfico y de
sus familiares.

cve: BOE-B-2024-12009
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Bases reguladoras.