III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-6606)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda modificativa y de prórroga del Convenio con la Generalitat de Catalunya y el Ayuntamiento de Parets del Vallès, para la ejecución de una nueva estación en Parets del Vallès.
12 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 2 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 37619

Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluidas las órdenes ministeriales
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y HFP/1031/2021
2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de
la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal,
Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de
ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como a permitir y facilitar que
se puedan realizar las auditorías y comprobaciones necesarias para verificar el
cumplimiento de la normativa aplicable.
En concreto, estarán obligadas a garantizar la protección de los intereses
financieros de la Unión, especialmente en materia de conflicto de intereses, fraude
o corrupción, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 22 del
Reglamento 241/2021, al artículo 6 de la Orden HFP 1030/2021 y la Orden
HFP 55/2023 relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en
los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
En especial, estarán obligados a respetar el principio de “no causar daño
significativo” (principio do no significant harm-DNSH) al medio ambiente previsto
en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia y demás normativa europea de aplicación. Asimismo, deberán
cumplirse las condiciones del etiquetado climático, medioambiental y digital
asignado a cada medida y submedida en el PRTR, de acuerdo con los anexos VI y
VII del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12
de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia.»
Así mismo, en materia de comunicación y publicidad, deberá darse cumplimiento a lo
previsto en el artículo 9 de la Orden 1030/2021 y en el artículo 34 del Reglamento
UE 241/2021.
Quinta. Prórroga del convenio.
Para dar cumplimiento al conjunto de actuaciones recogidas en el convenio, las
partes acuerdan, en virtud de lo dispuesto en la cláusula undécima, prorrogar su vigencia
dos años más, es decir, hasta el día 14 de marzo del año 2028.
Sexta. Entrada en vigor de la Adenda Modificativa del convenio.
La presente adenda se perfeccionará con su suscripción, y adquirirá la misma plena
validez y eficacia desde el momento de su inscripción, en el plazo de cinco (5) días
hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y, asimismo, deberá ser
publicada, en el plazo de diez (10) días hábiles desde su formalización, en el «Boletín
Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
También se ha de publicar en el plazo de un (1) mes desde su firma en el «Diari
Oficial de la Generalitat de Catalunya», de acuerdo con el artículo 177.2 del Estatuto de
Autonomía de Catalunya, e inscribirse y publicarse en el Registro de Convenios de
Colaboración y Cooperación, de conformidad con los artículos 5 del Decreto 52/2005,
de 5 de abril, de creación y regulación de este Registro; 110.3 de la Ley 26/2010, del 3
de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las Administraciones Públicas de

cve: BOE-A-2024-6606
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 81