III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-6608)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Xunta de Galicia y el Ayuntamiento de A Coruña, para la ejecución de la terminal de autobuses, el aparcamiento de turismos y los elementos comunes de la remodelación de la estación ferroviaria en su integración en un área de intermodalidad de transporte de viajeros en A Coruña-San Cristóbal, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Martes 2 de abril de 2024
E)

Sec. III. Pág. 37642

Justificación y pago.

Relación de la Xunta de Galicia con el Ayuntamiento de A Coruña:
Los libramientos que corresponda realizar al Ayuntamiento de A Coruña a favor de la
Conselleria de Infraestructuras y Movilidad se harán de la forma siguiente:
– Teniendo en cuenta el nuevo régimen de financiación regulado en la presente
cláusula, la anualidad correspondiente al ejercicio 2024 se realizará por parte del
Ayuntamiento de A Coruña una vez se justifique el gasto correspondiente a los
ejercicios 2022 y 2023.
Para el cálculo de dicho libramiento, a la cantidad económica que le correspondería
librar al Ayuntamiento de A Coruña en la anualidad 2024 se le descontarán las
cantidades económicas realizadas a mayores por esta administración en el Proyecto de
Elementos Comunes de la Remodelación de la Estación de A Coruña-San Cristóbal y la
terminal de autobuses, teniendo en cuenta el nuevo régimen de financiación previsto en
la cláusula tercera de esta adenda, siempre y cuando se cumplan además las
condiciones de regularización previstas en la cláusula quinta de esta adenda.
– La anualidad del ejercicio 2025 se realizará una vez se justifique el gasto
correspondiente al ejercicio anterior.
Estos libramientos tienen la consideración de entregas a cuenta. Por lo que,
finalizada la ejecución de las obras, se procederá a practicar la liquidación definitiva total,
reintegrándose, en su caso, las cantidades excedentes que resulten por todos los
conceptos.
Las aportaciones de las anualidades 2024 y 2025 así como la liquidación definitiva se
justificarán mediante la presentación de las certificaciones de obras expedidas por la
dirección de obra y aprobadas por el órgano competente de la Xunta.

Debido a que el nuevo régimen de financiación de las actuaciones de elementos
comunes establecido en esta adenda supone una menor participación de la Xunta de
Galicia y del Ayuntamiento de A Coruña, ADIF realizará un ingreso económico, contra
factura emitida por los adjudicatarios de las obras y asistencias técnicas, que será el
resultado del recálculo a origen del porcentaje que le corresponde en la financiación de
acuerdo con los porcentajes regulados en la letra A «Régimen económico» de la
cláusula tercera de esta adenda abonando la diferencia derivada del porcentaje regulado
en esta adenda y el inicialmente establecido en el convenio, en concepto de
«Regularización de la aportación en la obra de elementos comunes».
Para dicha regularización se tomará en cuenta la fecha de aprobación de la certificación
inmediatamente anterior a la fecha de eficacia de esta adenda y la misma deberá realizarse
en el plazo máximo de dos meses desde que esta adenda devenga eficaz.
Una vez ADIF haya realizado dicho ingreso económico en concepto de
«Regularización de la aportación en la obra de elementos comunes» a los adjudicatarios
de la obra y de las asistencias técnicas, estos realizarán un ingreso económico a la
Xunta de Galicia, para lo que emitirán una nota de abono, calculada conforme al
procedimiento previsto en esta cláusula, en concepto de «Regularización de la
aportación en la obra de elementos comunes» por los porcentajes que a ellos les
corresponde derivados de esta adenda.
El abono de dicho ingreso económico a la Xunta de Galicia deberá realizarse en las
cuentas que, a estos efectos, les comuniquen estas administraciones a los adjudicatarios
de la obra y de las asistencias técnicas en el plazo máximo de un mes desde que ADIF
haya realizado el pago de la factura emitida en concepto de «Regularización de la
aportación en la obra de elementos comunes».

cve: BOE-A-2024-6608
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Regularización de importes en la ejecución del «Proyecto de Elementos
Comunes de la Remodelación de la Estación de A Coruña-San Cristóbal y la
Terminal de Autobuses».