III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-6602)
Resolución 420/38094/2024, de 26 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Amigos del Castillo de Montjuïc, para la realización de diversas actividades durante el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Martes 2 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DEFENSA
6602

Resolución 420/38094/2024, de 26 de marzo, de la Secretaría General
Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Amigos del
Castillo de Montjuïc, para la realización de diversas actividades durante el
año 2024.

Suscrito el 21 de marzo de 2024 el Convenio entre el Ministerio de Defensa y la
Asociación de Amigos del Castillo de Montjuïc para la realización de diversas actividades
durante el año 2024, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
de esta resolución.
Madrid, 26 de marzo de 2024.–El Secretario General Técnico, José Luis García Castell.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Asociación de Amigos del Castillo
de Montjuïc para la realización de diversas actividades durante el año 2024
En Madrid, a 21 de marzo de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Juan Francisco Martínez Núñez, Secretario General de Política de
Defensa, según nombramiento efectuado por Real Decreto 492/2016, de 18 de
noviembre, y conforme a las atribuciones que tiene conferidas por la Orden
DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades
del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.
Y de otra, doña Carmen Fusté Bigorra, Presidenta de la Asociación de Amigos del
Castillo de Montjuïc, en nombre y representación de dicha institución, con NIF G 63850648,
según lo expresado en el artículo 21.1.a) de sus Estatutos.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y
EXPONEN

Que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa
Nacional, establece que el Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de
defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con
su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas
salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos
contribuirán al logro de este fin.
Segundo.
Que, por su parte, el apartado m) de las líneas generales y objetivos de la política de
defensa de la Directiva de Defensa Nacional 2020, de 11 de junio, dispone que el
fomento de la conciencia y cultura de Defensa constituye un objetivo prioritario, pues no

cve: BOE-A-2024-6602
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Primero.