II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Funcionarios del Subgrupo A1. (BOE-A-2024-6599)
Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 2 de abril de 2024

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de realización de los cursos; no pudiéndose valorar los pertenecientes a una carrera
universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas
relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares. Aquellos cursos en cuya
certificación no aparezca su duración, no serán objeto de valoración.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante certificación
de los cursos realizados y/o impartidos, o la presentación de copia auténtica de los
títulos o certificaciones obtenidas. No será necesaria dicha acreditación cuando los
cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del
Personal de Administración y Servicios.
Sólo se otorgará puntuación por los cursos, siempre que se haya expedido diploma o
certificado de asistencia o aprovechamiento, hasta 10 puntos, con la siguiente
distribución:
– Idiomas: por el nivel acreditado B1: 0,5 puntos; por el nivel acreditado B2: 1 punto;
por el nivel acreditado C1: 1,5 puntos; por el nivel acreditado C2: 2 puntos. Se requiere
acreditación correspondiente al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas
(MCERL), expedida por una Escuela Oficial de Idiomas o por un centro oficial de
formación de las Administraciones Públicas.
– Resto de cursos relacionados con las funciones del puesto: 0,06 puntos por hora
de formación.
El plazo máximo de validez de los cursos relacionados con las tecnologías de la
información y ofimática, así como de aquellos relativos a materias en las que la
obsolescencia de los contenidos así lo recomiende, será de 5 años inmediatamente
anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y de 10
años en el resto de los cursos.
Conciliación de la vida personal, familiar y laboral: Se valorará con un máximo de 10
puntos, para los siguientes supuestos:
a) Destino previo del cónyuge funcionario, obtenido mediante convocatoria pública,
en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, siempre que se
acceda desde municipio distinto: 0,5 puntos.
b) El cuidado de hijos, tanto cuando lo sean por naturaleza como por adopción o
acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce años, siempre que
se acredite por los interesados fehacientemente que el puesto que se solicita permite
una mejor atención del menor:
– Por cada hijo/a: 1,5 puntos
– Por cada hijo/a discapacitado/a: 2,5 puntos
c) El cuidado de un familiar, hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o
afinidad siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no
pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acceda
desde un municipio distinto, y siempre que se acredite fehacientemente por los
interesados que el puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar.
La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de
hijos: 2,5 puntos.
La puntuación mínima para pasar a la segunda fase se establece en 25 puntos.

cve: BOE-A-2024-6599
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Núm. 81