V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. (BOE-B-2024-11826)
Extracto de la Resolución del 21 de marzo de 2024 de la Dirección del Consorcio Público Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC) por la que se publica la convocatoria de ocho becas de verano para la formación en desarrollo tecnológico dirigidas a recién titulados de grado (curso 2022-2023 o posterior) o estudiantes de máster universitario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Martes 2 de abril de 2024

Sec. V-B. Pág. 17345

ORDEN ECI/3260/2006, de 16 de octubre, por la que Se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de becas por el Instituto de Astrofísica de Canarias,
Boletín Oficial del Estado núm. 253 de 23 de octubre de 2006.
Cuarto. - Dotación de las becas.
1.- La dotación de cada una de las becas de verano es de 700 euros brutos
mensuales más una cantidad fija de ayuda para gastos de viaje cuyas cuantías
ascienden a:
Sesenta (60) euros para residentes canarios, no residentes en la isla de
Tenerife.
Doscientos (200) euros para residentes en España peninsular, Baleares,
Ceuta o Melilla.
Trescientos (300) euros para nacionales de países miembros de la Unión
Europea.
Las personas beneficiarias quedaran comprendidas en el régimen general de
la seguridad social, con exclusión de la protección por desempleo. El Instituto de
Astrofísica de Canarias proporcionará un seguro privado de accidentes.
2.- En el supuesto de que durante la estancia formativa deban efectuar salidas
a los observatorios y otros desplazamientos convenientes para su formación, el
Instituto de Astrofísica de Canarias podrá abonar otras ayudas complementarias en
la cuantía que se determine, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias,
previa resolución del director. Igualmente, los gastos de inscripción y asistencia a
cursos, simposios, congresos, etc., que fueran de interés para la especialización
de las personas becadas, de acuerdo con su plan de formación específico, podrán
ser satisfechos por el Instituto de Astrofísica de Canarias en los casos que así se
estime conveniente.
3.-. El pago de las becas se realizará por mensualidades completas o fracción
proporcional al tiempo de disfrute de la beca para los casos en el que se inicie o
finalice la relación sin coincidir con el mes natural.
4.- Los importes fijados son cantidades íntegras. Dichas cantidades estarán
sujetas a la retención que proceda del impuesto sobre la renta de las personas
físicas.
Quinto. -Plazo de presentación de solicitudes.

Sexto. -Otros datos.
a) Presentación de documentos e incorporación.
La duración de las becas es de 3 meses. No obstante, para facilitar la
conciliación con los estudios académicos, las becas pueden realizarse dentro del
periodo entre el 1 julio al 31 de octubre. La finalización de la beca será 3 meses

cve: BOE-B-2024-11826
Verificable en https://www.boe.es

El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del
Estado. Se dirigirán al director del Instituto de Astrofísica de Canarias y serán
presentadas de cualquiera de las dos formas descritas en la correspondiente
resolución.