III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-6535)
Resolución 420/38090/2024, de 22 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad de Extremadura, para la colaboración en actividades docentes y de investigación entre la Base Aérea de Talavera la Real y la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud de Badajoz.
5 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 1 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 37345

Tercera. Ampliación del convenio.
Se añade al apartado 2 de la cláusula segunda «Actuaciones de las partes», como
apartado d) el siguiente:
«Estudiantes de cuarto curso del Grado en Fisioterapia, tutorizados por el
personal docente e investigador involucrado en las tareas antes descritas,
desarrollarán prácticas externas curriculares y/o extracurriculares en las
instalaciones de la BATR, enseñando y aplicando técnicas de reeducación y
recuperación de la columna a los pilotos de dicha Unidad. Las prácticas se
acogerán a la normativa de prácticas externas establecida en la normativa de
prácticas aprobada por la UEx, y los estudiantes asignados desarrollarán las
competencias básicas, generales, específicas y transversales establecidas en el
título de Grado.
Se añaden dos anexos al convenio, que figuran al final de esta adenda:
– Anexo I: Normas Generales de aplicación a los alumnos en prácticas.
– Anexo II: Declaración de responsabilidad, confidencialidad y estancia en
instalación militar.»
Cuarta. Sustitución de la cláusula quinta «Compromisos económicos» por una nueva
cláusula quinta «Financiación».
Como consecuencia de la inclusión dentro del ámbito del convenio de alumnos en
prácticas, la cláusula quinta, «Compromisos económicos», pasa a denominarse
«Financiación», y queda redactada como sigue:
«1. Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán compromiso
económico o financiero alguno para el MINISDEF. La realización de las prácticas no
supondrá, en ningún caso, la percepción de emolumentos o indemnizaciones a
cargo de dicho Ministerio.
2. En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b la disposición adicional
quincuagésima segunda «Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos
que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación», del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el
cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social corresponderán a la UEx.»
Quinta. Eficacia de la adenda.
De conformidad con lo establecido en el artículo 48 y en el apartado 2 de la
disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, esta adenda de ampliación al convenio surtirá efectos a partir de su
inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del Sector Público estatal (REOICO) en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Y en prueba de conformidad, las partes suscriben dos ejemplares, todos ellos
igualmente válidos, en el lugar y fecha indicados.–Por el Ministerio de Defensa, el Jefe
de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio, Javier Salto Martínez-Avial.–Por la
Universidad de Extremadura, el Rector Magnífico, Antonio Hidalgo García.

cve: BOE-A-2024-6535
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 80