II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-6461)
Resolución de 22 de marzo de 2024, conjunta de las Subsecretarías de Economía, Comercio y Empresa y de Transformación Digital y para la Función Pública, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Lunes 1 de abril de 2024

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Tercera. Criterios para la asignación del puesto.
Por el órgano competente del departamento se efectuará el nombramiento del
aspirante que se considere más idóneo para desempeñar el puesto de trabajo, pudiendo,
en su caso, declararse desierto el puesto ofertado.
Cuarta. Documentación a aportar.
Los aspirantes deberán adjuntar a la solicitud su curriculum vitae, en el que consten:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados.
c) Estudios y cursos realizados.
d) Conocimiento de idiomas.
e) Cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto.
Los méritos deberán estar debidamente acreditados, debiéndose adjuntar la certificación
de los mismos a la solicitud.
Quinta.

Permanencia.

El periodo de permanencia será como mínimo de tres años. Este periodo podrá ser
prorrogado, por periodos anuales, a petición del interesado hasta un máximo de cinco
años. Las peticiones de prórroga deberán hacerse con cuatro meses de antelación a la
finalización del plazo de permanencia vigente.
En el caso de que el funcionario provenga de un puesto en el exterior o de que, antes
de finalizar el periodo máximo cambie de puesto de trabajo a otro puesto del
departamento en el exterior, el límite máximo de permanencia entre ambos puestos será
de seis años, computándose a estos efectos los puestos de trabajo desempeñados en el
ámbito del ministerio con anterioridad a esta convocatoria.
Sexta. Fecha de incorporación.
La fecha de incorporación al puesto asignado será el 1 de junio de 2024, salvo que
en la resolución de esta convocatoria se indique uno distinto.
Contra la presente resolución, se podrá interponer con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su
publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

cve: BOE-A-2024-6461
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Madrid, 22 de marzo de 2024.–La Subsecretaria de Economía, Comercio y Empresa,
Amparo López Senovilla.–La Subsecretaria para la Transformación Digital y de la Función
Pública, Iria Álvarez Besteiro.