III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-6546)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se publica el Convenio con la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P., para la colaboración en el desarrollo de iniciativas internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Lunes 1 de abril de 2024
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Gestión de las iniciativas aprobadas:

a) Tareas a realizar por la AEI: Coordinación de la participación española en las
iniciativas. Para ello la AEI designará un responsable para cada iniciativa, que será el
encargado de realizar las actividades de coordinación del trabajo y de toma de
decisiones dentro la misma. También designará un colaborador científico, experto en el
área de que se trate. El colaborador científico será el responsable de la parte técnica de
cada iniciativa.
b) Tareas a realizar por la FECYT: Gestión financiera y administrativa relativa a
cada iniciativa, así como las labores técnicas que le correspondan en el marco de la
misma:
i. Gestión financiera: La FECYT se encargará de llevar a cabo todas las
operaciones financieras que sean necesarias para el correcto desarrollo e
implementación de las iniciativas.
ii. Gestión administrativa: La FECYT asegurará la correcta gestión administrativa de
las iniciativas mediante la asignación de los recursos humanos necesarios para llevar a
cabo las actividades planificadas. La FECYT asegurará también que dichas iniciativas
disponen de los bienes y servicios necesarios para su correcta implementación.
iii. Gestión técnica: FECYT apoyará a la AEI en el desarrollo técnico mediante la
realización de los informes de seguimiento de las actividades y de ejecución de los
gastos realizados con la periodicidad que las partes establezcan de común acuerdo.
4.

Alineamiento de las prioridades españolas con las de otros países:

Tarea a realizar por la AEI. Alineamiento de las prioridades españolas de
investigación e innovación con las políticas científicas y de innovación de otros países de
la Unión Europea en el marco del Espacio Europeo de Investigación.
5.

Convocatorias conjuntas internacionales:

Tareas a realizar conjuntamente por la AEI y por la FECYT. Gestión y participación en
convocatorias conjuntas internacionales, incluyendo la promoción de la participación de
entidades españolas. Esta tarea se enlazará con las actividades de promoción de la
participación en el Programa Europeo de Investigación, que realizan ambas entidades.
6.

Seguimiento e indicadores de convocatorias internacionales:

a) Tareas a realizar por la AEI: Análisis y seguimiento de los indicadores que
muestren los resultados de las iniciativas en las que participe.
b) Tareas a realizar por la FECYT: Elaboración de los indicadores necesarios para
el seguimiento de las iniciativas y del presente acuerdo.
Comunicación de las actividades:

Tareas a realizar conjuntamente por la AEI y por la FECYT: dar la máxima difusión
posible a la actividad a través de sus canales habituales y, en especial, a través de
Internet u otros soportes electrónicos y la utilización de los enlaces en su página web.
Por parte de la FECYT se promocionarán las actividades a través del portal español de
apoyo a la participación en el Programa Marco.

cve: BOE-A-2024-6546
Verificable en https://www.boe.es

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