III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Premios. (BOE-A-2024-6543)
Resolución de 21 de marzo de 2024, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convoca el Premio Nacional de Cinematografía correspondiente al año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Lunes 1 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
6543

Resolución de 21 de marzo de 2024, del Instituto de la Cinematografía y de
las Artes Audiovisuales, por la que se convoca el Premio Nacional de
Cinematografía correspondiente al año 2024.

La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del
Ministerio de Cultura, en la redacción dada por la Orden CUL/3009/2011, de 3 de
noviembre, y la Orden CUD/580/2022, de 22 de junio, establece, en su punto primero, la
relación de los premios nacionales que concede el departamento, actualmente Ministerio
de Cultura, en distintas actividades culturales, entre los que se encuentra el Premio
Nacional de Cinematografía.
Asimismo, establece la citada orden que los premios nacionales se otorgarán como
recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de los galardonados en cada uno de
los ámbitos culturales, puesta de manifiesto a través de una obra o actuación hecha
pública o representada durante el año previo al de cada convocatoria.
En su virtud, al amparo de lo previsto en el apartado primero, en relación con los
apartados noveno y undécimo de la Orden de 22 de junio de 1995, y en atención a las
funciones que corresponden al Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales para realizar acciones de fomento, en particular, mediante premios,
ayudas y subvenciones, en cumplimiento de sus fines, este Instituto ha resuelto convocar
el Premio Nacional de Cinematografía correspondiente al año 2024, de conformidad con
lo siguiente:
Primero.

Objeto y finalidad del premio.

El Premio Nacional de Cinematografía recompensará la aportación más
sobresaliente en el ámbito cinematográfico español, puesta de manifiesto
preferentemente a través de una obra hecha pública o una labor profesional desarrollada
durante el año 2023, o, en casos excepcionales debidamente motivados, podrá
otorgarse como reconocimiento a una trayectoria profesional.
Segundo.

Dotación económica.

La dotación económica del Premio Nacional de Cinematografía es de 30.000,00
euros, cuantía que no podrá dividirse.
El importe del premio se satisfará con cargo a la aplicación
presupuestaria 24.103.335C.482.05 Premio Nacional de Cinematografía del presupuesto
de gastos del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
Jurado.

El fallo del premio corresponderá a un jurado integrado por un número de miembros
no inferior a cinco ni superior a diecisiete que serán designados por la persona titular del
Ministerio de Cultura, mediante orden ministerial, a propuesta de la persona titular de la
Dirección General del Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales, en
cumplimiento de lo previsto en el apartado cuarto de la Orden de 22 de junio de 1995.
Su composición será la siguiente:
Presidencia: Corresponderá a la persona titular de la Dirección General del Instituto
de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

cve: BOE-A-2024-6543
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.