III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-6408)
Resolución de 20 de marzo de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundación para la Divulgación del Arte Lírico Escénico, para la organización y desarrollo de la temporada lírica de Bogotá 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Sábado 30 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
6408

Resolución de 20 de marzo de 2024, del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundación
para la Divulgación del Arte Lírico Escénico, para la organización y desarrollo
de la temporada lírica de Bogotá 2024.

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Fundación para la
Divulgación del Arte Lírico Escénico (Fundación Arte Lírico) han suscrito, con fecha 19
de marzo de 2024, un convenio para la organización y desarrollo de la temporada lírica
de Bogotá 2024, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo a esta resolución.
Madrid, 20 de marzo de 2024.–La Directora General del Instituto Nacional de las
Artes Escénicas y de la Música, Paz Santa Cecilia Aristu.
ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM)
y la Fundación para la Divulgación del Arte Lírico Escénico (Fundación Arte Lírico)
para la organización y desarrollo de la temporada lírica de Bogotá 2024
En Madrid, a 19 de marzo de 2024.

De una parte, doña María Paz Santa-Cecilia Aristu, Directora General del Instituto
Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (de ahora en adelante, INAEM), en
nombre y representación del citado organismo, con sede en la plaza del Rey, n.º 1
(CP 28004) de Madrid y NIF número Q2818024H; en virtud de nombramiento realizado
por Real Decreto 109/2024, de 23 de enero, en ejercicio de las competencias atribuidas
por el artículo 6.2 c) del Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura
orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (BOE
n.º 306, de 20 de diciembre).
De otra parte, doña Estrella Barbero de Malagón, en calidad de representante legal
de la Fundación para la Divulgación del Arte Lírico Escénico (Fundación Arte Lírico), con
Número de Identificación Tributaria (NIT) 800015377-9 y con domicilio a estos efectos en
la calle 42, n.º 27-13 oficina 201, Bogotá (Colombia), en adelante, La Fundación; en
virtud del poder de representación contenido en el certificado de existencia y
representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá con fecha de 5 de
enero de 2024, así como de las facultades de representación que le confiere el
artículo 22 de los Estatutos de la Fundación.
EXPONEN
I. Que desde el año 1987, la Fundación organiza en Bogotá una temporada lírica en
la que se representan los títulos de las más importantes zarzuelas con la participación de
destacados intérpretes líricos españoles e iberoamericanos.

cve: BOE-A-2024-6408
Verificable en https://www.boe.es

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