III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-6405)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de revisión de las tablas salariales para el año 2023 del Convenio colectivo estatal para el comercio de distribuidores de especialidades y productos farmacéuticos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Sábado 30 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 36686

Doña Antonio M.ª Martín López.
Don Antonio M.ª Martín López.
Doña Cristina Vázquez Mayor.
Don Rodrigo Martínez Escuín.
Por la parte Sindical.
– FESP-UGT:
Don Eugenio Pardo Felices.
– CCOO. de industria:
Don Alberto Arévalo Sánchez.
– FS-USO:
Doña Noelia González Martín.
Una vez publicado por el INE el IPC para del año 2023 se constata que la suma de
los IPC de 2021, 2022 y 2023 (6,5 %; 5;7 % y 3,1 %) supera la suma de los incrementos
pactados para esos años (8,5 %). Por lo tanto, conforme al artículo 17 del convenio,
procede revisar las tablas salariales establecidas para el año 2023, siendo por tanto las
nuevas tablas salariales de finalización del presente convenio colectivo. Esta revisión
será de aplicación desde el 1 de enero de 2024, por lo que no conlleva atraso alguno
referido al 2023.
Además, aunque la suma de los IPC de dichos años superara el 12 %, procede
aplicar la diferencia entre el 8,5 % y el 12 % (3,5 %), tal y como se indica en el
mencionado artículo 17.
Tablas salariales año 2023
Euros

Grupo 0:

25.449,32

Grupo I:

21.952,71

Grupo II:

19.574,71

Grupo III:

18.384,09

Grupo IV:

17.638,33

Salario Mínimo Garantizado: 18.357,87

Tablas revisadas año 2023 (de aplicación desde el 1 de enero de 2024)

Grupo 0:

26.340,05

Grupo I:

22.721,05

Grupo II:

20.259,82

Grupo III:

19.027,53

Grupo IV:

18.255,67

Salario Mínimo Garantizado: 19.000,40

cve: BOE-A-2024-6405
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Euros