III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-6367)
Resolución de 20 de marzo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se corrigen errores en la de 4 de diciembre de 2023, por la que se otorga a Energía Inagotable de Stigma, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Stigma, de 28 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en Gurrea de Gállego (Huesca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78

Viernes 29 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 36605

«Stigma», de 28 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación,
ubicados en el término municipal de Gurrea de Gállego, en la provincia de Huesca.».
Tras el condicionante: «Con el propósito de ser más clarificador, práctico y efectivo,
el promotor deberá elaborar un documento técnico comprensivo que incluya el Plan de
Medidas Protectoras, Correctoras y Compensatorias del conjunto de instalaciones,
donde se recojan las medidas previstas en los EsIA aportados, así como las
determinaciones que se relacionan a continuación. Igualmente se elaborará un Plan de
Vigilancia Ambiental, acorde con estas medidas y determinaciones (apartado i. [4]).»,
Se añade el siguiente condicionante: «Se descartan las posiciones de los
aerogeneradores STG-05, STG-06, STG-07, STG-08 y STG-09 de conformidad con la
DIA.»
En el Resuelve, donde dice: «Único. Otorgar a Energia Inagotable de Stigma, SL,
autorización administrativa previa para el parque eólico Stigma, de 49 MW de potencia
instalada, y sus infraestructuras de evacuación, que seguidamente se detallan, con las
particularidades recogidas en la presente resolución.», debe decir: «Único. Otorgar a
Energia Inagotable de Stigma, SL, autorización administrativa previa para el parque
eólico Stigma, de 28 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación,
que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la presente
resolución.».
Donde dice: «Número de aerogeneradores: 9 aerogeneradores de 5,444 MW cada
uno.», debe decir: «Número de aerogeneradores: 4 aerogeneradores de 7 MW cada
uno.».
Donde dice: «Potencia instalada: 49 MW.», debe decir: «Potencia instalada: 28
MW.».

cve: BOE-A-2024-6367
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 20 de marzo de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X