III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-6286)
Resolución 420/38095/2024, de 26 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» y la Universidad de Córdoba, para la realización de prácticas académicas externas, así como la realización del trabajo de fin de grado/máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Jueves 28 de marzo de 2024

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para la realización de prácticas académicas externas, así como la realización del Trabajo
de fin de Grado/Trabajo fin de Máster, publicado mediante Resolución 420/38380/2022,
de 28 de septiembre, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa, en el
«Boletín Oficial del Estado» número 238 de 4 de octubre de 2022.
Segundo.
Que con fecha 17 de marzo de 2023, se ha publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la
ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.
Dicho real decreto-ley consta de un artículo único que modifica el texto refundido de la
Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre, y en cuyo apartado treinta y cuatro se añade una nueva disposición
adicional quincuagésima segunda sobre la inclusión en el sistema de Seguridad Social
de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas
en programas de formación.
Tercero.
Que el apartado 4.b) de dicha disposición adicional quincuagésima segunda
establece que en el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de
las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución, entidad en
la que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que,
en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones
corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación del Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial
«Esteban Terradas» y la Universidad de Córdoba, para la realización de prácticas
académicas externas, así como la realización del Trabajo de fin de Grado/Trabajo fin
de Máster.
El Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas»
y la Universidad de Córdoba para la realización de prácticas académicas externas, así
como la realización del Trabajo de fin de Grado/Trabajo fin de Máster, suscrito el 23 de
septiembre de 2022, queda modificado como sigue:
El apartado 8 de la cláusula segunda Financiación, queda redactada de la siguiente
manera:

La suscripción del presente convenio no conlleva obligaciones financieras o
contraprestación económica para ninguna de las partes.
En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b de la disposición adicional
quincuagésima segunda «Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos
que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación», del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el
cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social corresponderá a la
Universidad de Córdoba, cuando se trate de prácticas curriculares y de prácticas
extracurriculares no remuneradas.

cve: BOE-A-2024-6286
Verificable en https://www.boe.es

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