III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-6274)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Autoridad Portuaria de Ceuta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Jueves 28 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
6274

Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del
Estado y la Autoridad Portuaria de Ceuta.

La Abogada General del Estado y el Presidente de la Autoridad Portuaria de Ceuta
han suscrito un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 21 de marzo de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y la Autoridad Portuaria de Ceuta
9 de febrero de 2024.
REUNIDOS
De una parte, doña Consuelo Castro Rey, en su condición de Abogada General del
Estado, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 19/2023, de 17 de enero (BOE
núm. 15, de 18 de enero de 2023), quien actúa en virtud de la delegación conferida a su
favor por el Ministro de Justicia en el artículo 7.d) de la Orden JUS/987/2020, de 20 de
octubre, sobre delegación de competencias.
De otra parte, don Juan Manuel Doncel Doncel, actuando en nombre y
representación de la Autoridad Portuaria de Ceuta, con domicilio social en Muelle de
España, s/n, 51001 Ceuta, y NIF Q1167005F, en su condición de Presidente, cargo para
el que fue nombrado por Decreto de 28 de enero de 2019 del Presidente de la Ciudad de
Ceuta, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 1 de febrero de 2019, en virtud
de la Orden FOM/76/2019, de 30 de enero.
MANIFIESTAN

Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.

cve: BOE-A-2024-6274
Verificable en https://www.boe.es

Primero.