III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-6296)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Jueves 28 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
6296

Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Consorcio para la Recuperación
Económica y de la Actividad de la Marina Alta, para el desarrollo del
programa de formación abierta «Aula Mentor».

El Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta y el
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, han suscrito, con fecha 18
de marzo de 2024, un convenio para el desarrollo del programa de formación abierta
denominado «Aula Mentor», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 19 de marzo de 2024.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano Palomo.
ANEXO
Convenio entre Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad
de la Marina Alta y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
para el desarrollo del programa de formación abierta denominado «Aula Mentor»
REUNIDOS
De una parte, doña Rosario Donderis Sala, gerente del Consorcio para la
Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta, nombrada por la Junta
General del consorcio en fecha 12 de diciembre de 2023.
Y, de otra parte, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, con
domicilio social en calle Alcalá, número 34 de Madrid, representado en este acto por
doña Clara Sanz López, Secretaria General de Formación Profesional, en virtud del Real
Decreto 178/2020, de 29 de enero, por el que se dispone su nombramiento, y actuando
en el ejercicio de la competencia que le otorga el artículo 17.1.d) de la Orden
EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de límites para la administración de
determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
En adelante, ambas entidades serán denominadas de manera conjunta como las
Partes.

EXPONEN
I. Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo 5.4
establece que «corresponde a las Administraciones públicas promover ofertas de
aprendizaje flexibles que permitan la adquisición de competencias básicas y, en su caso,
las correspondientes titulaciones, a aquellos jóvenes y adultos que abandonaron el
sistema educativo sin ninguna titulación».

cve: BOE-A-2024-6296
Verificable en https://www.boe.es

Ambas Partes, que actúan en razón de las facultades que sus respectivos cargos les
otorgan, se reconocen la capacidad necesaria para formalizar el presente convenio, y a
tal fin